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Tribunal Europeo de DD.HH. condena a Francia por obligar a confesar a un detenido

El hombre no pudo ejercer su legítimo derecho de guardar silencio. Su confesión fue la base de su posterior condena por haber encargado una agresión contra el marido de su amante.

14 de Octubre de 2010 | 08:54 | EFE

PARÍS.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a Francia por el caso de un hombre que fue obligado a declarar al ser detenido y no pudo ejercer su derecho al silencio, y cuya confesión fue la base de su posterior condena por haber encargado una agresión contra el marido de su amante.

Los jueces de Estrasburgo recriminaron que no se hubiera informado a Claude Brusco, al ser arrestado el 7 de junio de 1999, de que tenía derecho a permanecer callado, a no inculparse, y también que no pudiera ser asistido por un abogado hasta que pasaron 20 horas.

Brusco recibirá 5.000 euros en concepto de daños morales y 7.000 por costas judiciales en virtud de esta sentencia, que se hizo pública unos días antes de que el Tribunal Supremo de Francia se pronuncie sobre si el régimen de custodias en las comisarías se ajusta al Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La justicia europea subrayó que los policías que lo interrogaron le hicieron prometer decir toda la verdad alegando que estaba detenido en tanto que testigo, aunque en la práctica era objeto de una acusación penal por tentativa de asesinato.

Eso constituyó "una forma de presión", sobre todo por la amenaza de ser sancionado en caso de negarse a declarar.

El Tribunal de Estrasburgo constató que la normativa francesa ha cambiado desde 2004, cuando una ley evita la obligación de prometer decir la verdad a las personas que son objeto de una comisión rogatoria lanzada por un juez instructor.

Para responder a la incompatibilidad con la Convención Europea de Derechos Humanos, la ministra francesa de Justicia, Michèle Alliot-Marie, anunció en septiembre una nueva reforma que permitirá que un detenido por un delito de derecho común podrá ser asistido por un abogado desde el primer momento que quede bajo custodia.

No obstante, la policía podrá retrasar la llegada del abogado en "circunstancias particulares", cuando se considere que eso puede ayudar a "reunir o conservar pruebas o garantizar la protección de personas", avanzó entonces Alliot-Marie.

Otra novedad del texto ministerial entregado para su examen al Consejo de Estado, es que sólo podrán ser declaradas arrestadas las personas a las que se atribuyan delitos castigados con penas de prisión.

Además, el régimen de detención sólo podrá ser prolongado por la policía en caso de que se trate de delitos penados con al menos un año de cárcel.

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