SANTIAGO.- La Corte Suprema, en fallo divido de tres votos contra dos, confirmó la sentencia que había dictado la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el pasado 16 de abril rechazó el recurso de protección presentado en contra de la exhibición de la obra "Prat".
El abogado Jorge Contesse, quien alegó ante el Máximo Tribunal en favor de la representación teatral, valoró que no se haya prohibido su exhibición, no obstante criticó que el máximo tribunal no se haya pronunciado por el fondo del asunto.
"A diferencia de la argumentación que la Corte de Apelaciones hizo, con referencias explícitas al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y haciéndose cargo de las consecuencias que traería decretar la prohibición de una obra, la Corte Suprema no analiza los alcances del derecho a la libertad de expresión", señaló.
La defensa de Manuela Infante y María José Parga, autora y directora de la obra, respectivamente, fue asumida por el Foro Chileno por la Libertad de Expresión de la Universidad Diego Portales, el que en su momento solicitó medidas cautelares para la obra ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La acción judicial había sido interpuesta por familiares de Arturo Prat Chacón en contra de los creadores de la obra teatral "Prat", porque consideraron que ofendía su imagen.