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Gobierno presenta proyecto que sube a 8 los miembros del directorio de TVN

La iniciativa, ingresada este jueves por el Ejecutivo, refuerza las exigencias de neutralidad, transparencia y calidad, y propone una regulación que asegure la eficacia de la gestión de TVN.

06 de Noviembre de 2008 | 18:15 | El Mercurio Online

VALPARAISO.- A la Comisión de Ciencia y Tecnología fue enviado hoy el proyecto que modifica la ley Nº 19.132, de Televisión Nacional de Chile. El texto legal amplía el giro de la empresa, definido en su artículo 2º, para permitirle, por una parte, participar del nuevo escenario que plantea la adopción de la televisión digital y por otra, desarrollar actividades vinculadas estrechamente a la producción y transmisión de programas de televisión, tales como la producción cinematográfica, la radiodifusión, Internet y la producción discográfica.


Según lo informa la oficina de prensa de la Cámara de Diputados, también se hace expresa la vinculación de TVN con el desarrollo del bien común, fijando todas las tareas que debe cumplir la empresa, tales como el fomento del pluralismo y la cultura, la promoción de los derechos fundamentales, la promoción de los pueblos originarios, la integración del país, y el desarrollo de la industria audiovisual, entre otras.


En el proyecto se aumenta de 6 a 8 el número de integrantes designados con acuerdo del Senado, y la sesión en que esta Cámara los designa ya no será secreta. Además, se hace expresa la necesidad del compromiso con el pluralismo y la misión pública de Televisión Nacional de quienes sean elegidos.


También se aumentan los requisitos para ser director, agregando a las exigencias de tener relevantes méritos personales y profesionales, el compromiso con el pluralismo y la televisión pública de Televisión Nacional.


Tampoco podrán haber sido condenados ni encontrarse acusados por delito que merezca pena aflictiva y/o inhabilidad perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos, ni haber sido declarado fallidos, y deberán poseer antecedentes comerciales y tributarios intachables.


En materia de incompatibilidades, se elimina completamente el conflicto de interés de funcionarios superiores del poder Ejecutivo, ciertas autoridades elegidas por votación popular y los candidatos a tales cargos, pues no podrán ser Directores. Asimismo, se establece que los Directores no pueden tener ninguna relación económica, directa o indirecta, con la empresa distinta de su remuneración como Director.


En cuanto a las inhabilidades, se establece que todo hecho que le reste imparcialidad a un Director debe ser comunicado, bajo la sanción de ser removido de su cargo.


El aumento de funciones y responsabilidades de los Directores y el Presidente está acompañada de un aumento en sus remuneraciones. La dieta será establecida anualmente mediante decreto supremo, previa proposición de una comisión integrada por tres personas que hayan desempeñado el cargo de Presidente del Directorio o Director Ejecutivo de la empresa. La propuesta deberá incluir remuneraciones para cargos similares en los sectores público y privado; y podrá incluir componentes de dichas remuneraciones asociados a la asistencia a sesiones, a la participación en comités o al cumplimiento de metas anuales de rentabilidad.


Adicionalmente, el Directorio deberá dar cuenta pública de su gestión y del cumplimiento de las tareas que la ley le encomienda ante el Senado, dos veces al año.


Atribuciones del Consejo Directivo


Corresponderá al Consejo Directivo supervisar el cumplimiento cabal de las finalidades de Televisión Nacional de Chile, especialmente en relación con la satisfacción de interés general y público. Además, se precisa claramente su control sobre la programación, que deberá aprobar cuatrimestralmente, y sobre el Director Ejecutivo, quien ejecutará sus directrices.


El Director Ejecutivo queda sujeto a las decisiones y acuerdos del Consejo. El Directorio, en tanto, podrá señalar determinadamente aquellos actos y contratos que necesitan un acuerdo del Presidente.


Financiamiento


Para cumplir con las nuevas tareas que se le asignan a TVN, la iniciativa modifica ciertas rigideces en su financiamiento.


Por una parte, se ha dispuesto expresamente el deber de Televisión Nacional de participar en aquellos concursos públicos que están destinados justamente a promover las mismas finalidades del canal: el bien común.


Además, se ha dispuesto la posibilidad de solicitar y recibir recursos fiscales y de instituciones públicas facultadas para promover a través de financiamiento, iniciativas al respecto.


También se permite que la empresa pueda comprometer la contratación de créditos previa autorización del Ministerio de Hacienda, sometiéndose a las reglas generales que rigen a las empresas públicas. Esta autorización no puede comprometer ni el contenido ni la programación del canal.


Actualmente se prohíbe transferir gratuitamente o a precios inferiores a los de mercado espacio televisivo al Estado. La única excepción consiste en las campañas de interés público, siempre que todos los demás canales transmitan idéntica campaña.


En su reemplazo, se propone una regla que permita que todos los partícipes puedan actuar libremente, de modo que el Gobierno se encuentre en la obligación de ofrecer la campaña a todos los canales, pero sólo quedan con la obligación de transmitir aquellos que lo acepten. En tal caso, TVN podrá cumplir tales tareas gratuitamente.


Además, en la actualidad está prohibida toda provisión gratuita de servicios al Gobierno. En esto, el proyecto ha querido dejar a Televisión Nacional sujeta simplemente al derecho común, de modo que pueda contratar con el Estado, en las condiciones que libremente determine, la provisión de servicios.