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Establecen empadronamiento de conductores del transporte público

A contar del 1 de noviembre próximo los buses licitados de Santiago deberán portar en su interior una tarjeta de identificación del conductor y otra del vehículo, según anunció el subsecretario de Transportes, Patricio Tombolini.

03 de Octubre de 2000 | 12:22 | ORBE
SANTIAGO.- Hoy fue publicada en el Diario Oficial la resolución que dispone la obligatoriedad de exhibir la identificación del conductor y del vehículo en buses de la locomoción colectiva licitada en Santiago.

De esta manera, el subsecretario de Transportes, Patricio Tombolini, anunció que a contar del 1 de noviembre próximo los buses licitados de Santiago deberán portar en su interior una tarjeta de identificación del conductor y otra del vehículo, de acuerdo a los modelos disponibles en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.

Estas tarjetas de identificación de conductores y de los vehículos preimpresas se encuentran a disposición de los interesados en dependencias de la SEREMITT y deberán ser completadas con los antecedentes que correspondan, siendo legalizadas notarialmente.Luegodel trámite, las identificaciones deberán ser ubicadas en el interior del vehículo, en un lugar visible al pasajero.

Los responsables de las empresas concesionarias deberán remitir antes del 1 de noviembre próximo, en medios magnéticos,a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana la información de sus conductores, con el objeto de confeccionar un Registro que periódicamente será confrontado con nóminas de accidentes de tránsito y otros registros que contribuyan a privilegiar la seguridad de los pasajeros del transporte público.

En el evento de la incorporación de un nuevo conductor a una empresa concesionada, la acción deberá ser informada inmediatamente por el responsable de la misma a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Transporte.

Asimismo, si el nuevo conductor pvoviene de otra empresa que opera servicios de transporte público de pasajeros, el término de la referida relación laboral también deberá ser comunicada, procediéndose a efectuar la devolución de la anterior tarjeta de identificación, la que quedará en poder de la Seremitt.
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