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Juez procesa a nueve ex miembros del Comando Conjunto

El magistrado Christian Carvajal encausó al coronel (r) Juan Francisco Saavedra Loyola, ex jefe operativo del organismo, y al general (r) Enrique Ruiz Bunger, como autores de los secuestros de Luis moraga Cruz y Humberto Fuentes Rodríguez, ambos ocurridos en 1975.

29 de Enero de 2003 | 11:34 | El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- El juez interino del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago Christian Carvajal sometió a proceso esta mañana a nueve ex agentes del Comando Conjunto (CC) por el secuestro calificado de Luis Moraga Cruz, ocurrido el 20 de octubre de 1975, y de Humberto Fuentes Rodríguez ocurrido el 4 de noviembre del mismo año.

Luego de una larga jornada de interrogatorios realizada ayer, el magistrado que investiga con dedicación exclusiva los delitos que habrían cometido miembros del organismo de inteligencia, decidió encausar como autores de los citados crímenes al coronel (r) Juan Francisco Saavedra Loyola, ex jefe operativo del organismo, y al general (r) Enrique Ruiz Bunger.

Ambos habían sido procesados anteriormente como autores del secuestro calificado de los militantes comunistas Juan Orellana Catalán y Ricardo Weibel Navarrete.

El magistrado encausó también hoy como autores de los secuestros de Moraga y Fuentes al mayor (r) de carabineros César Palma Ramírez; a Manuel Muñoz Gamboa; Daniel Enrique Guimpert, mayor (r) de carabineros; Raúl González Fernández; Eduadro Cartagena Maldonado, mayor (r)FACh; y a Roberto Flores Cisternas, mayor (r) de carabineros.

En calidad de cómplice de los mismos secuestros fue procesado hoy el ex agente del CC, Otto Trujillo Miranda.

Carvajal dictó además la primera acusación contra cinco ex agentes, entre los que también se encuentran Saavedra Loyola y Ruiz Bunger, además del mayor de carabineros (r) César Palma Ramírez, Fernando Zúñiga Canales y Eduardo Cartagena Miranda, acusados del secuestro de Edison Urrutia Galaz, hecho ocurrido el 24 de diciembre de 1975.

La causa ahora pasa a la etapa de plenario, por lo que se debe iniciar la etapa probatoria para luego dictar las sentencias de primera instancia.
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