SANTIAGO.- La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó que a partir de hoy ninguna línea aérea podrá restringir el acceso a una persona con síndrome de Down que viaje acompañado,resolución que surgió luego de que a un menor que padece este mal se le impidió abordar un vuelo, exigiéndole un certificado médico.
La norma deberá ser aplicada por todas las aerolíneas que operan en Chile, y si no se cumple con la reglamentación, las empresas arriesgan una multa.
En la resolución se establece que el Síndrome de Down no es una enfermedad mental, siguiendo la clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de Salud, ya que esta anomalía está relacionada con diferentes valores de coeficiente intelectual y capacidades autónomas.
Por lo consiguiente, los pasajeros con Síndrome de Down que realicen un viaje acompañados por un adulto no tendrán ninguna exigencia especial, sin embargo, si viajan solos tendrán que presentar un certificado, donde se mencionen sus capacidades de autovalencia y sus necesidades eventuales.
Al respecto, el director de Seguridad Operacional de la DGAC, Lorenzo Sepúlveda, manifestó que "desde hoy las aerolíneas están en conocimiento y tienen que incorporar esto en el manual de operaciones. No cumplirlo da motivo para cursarle una multa infraccional o incluso cancelarle la autorización técnico operativa, en función de la falta que cometa".