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Senado trata este martes nueva ley de alcoholes

Iniciativa encara su segundo trámite legislativo, siendo su punto más controvertido el que determina los períodos de restricción de ventas.

31 de Marzo de 2003 | 20:32 | ORBE-El Mercurio en Internet
VALPARAISO.- La sala del Senado se pronunciará este martes, en segundo trámite legislativo, sobre el proyecto que establece una nueva ley de alcoholes.
El punto más controvertido y resistido de la iniciativa legal, que se encuentra en el segundo lugar de la tabla de mañana martes es el relativo a la restricción a la venta de bebidas alcohólicas.

En la iniciativa se establece que las botillerías, supermercados y grandes tiendas, se podrán expender de 09:00 a las 24:00 horas, y de 10:00 a 04.00 horas, en el caso de pubs, restaurantes y locales que expendan dichos productos para el consumo al interior de sus respectivos locales.

Se exceptúan de este horario las discotecas, las que podrán vender alcohol, entre las 19:00 y las 04.00 horas. Tanto en este caso, como en el de los restaurantes, el horario se ampliará por una hora más, los días sábados, feriados y vísperas de estos últimos.

Al respecto, el senador Alberto Espina, uno de los autores de la nueva ley de alcoholes, cuya tramitación se inició el 21 de abril de 1994 en la Cámara de Diputados y fue despachada tres años más tarde, señaló que "me parece un horario bastante razonable si uno lo compara con otros países, sostuvo.

En tanto, los hoteles, anexos de hoteles, supermercados y almacenes, deberán aislar el área de expendio de estos productos para facilitar el funcionamiento del resto del recinto, durante las horas en que no se podrá comercializar alcohol.

Entre las últimas modificaciones del proyecto de ley, se dispone que la fiscalización de los locales, corresponderá a Carabineros de Chile, inspectores municipales y fiscales, los que deberán ajustarse al ámbito de su propia competencia.

Además, por unanimidad, la comisión de Constitución aprobó una indicación del senador Andrés Chadwick, que plantea que en ningún caso los productos alcohólicos podrán ser envasados para su comercialización en sobres o bolsas susceptibles de ser portados en bolsillos.

La medida pretende reducir las facilidades para que menores de edad transporten estas bebidas a todo tipo de recintos.

El proyecto prohibe el ingreso de menores de 18 años a los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas. La violación a esta norma es castigada con multa de tres a 10 UTM, la que se duplicarán en caso de que el ingreso de menores haya sido autorizado o inducido por el administrador o dueño del recinto. Si el delito es cometido en una tercera oportunidad, se procederá con el triple de la multa y la clausura definitiva del local.

Asimismo quien venda, obsequie o suministre bebidas de este tipo a menores de 18 años, sin que éste concurra al recinto determinado con sus padres, podrá ser sancionado con prisión en su grado medio y multa de tres a 10 UTM. Si fuese el administrador o dueño del establecimiento quien cometa la conducta antes mencionada, se le castigará con prisión en su grado máximo, multa de 10 a 20 UTM y la clausura temporal del establecimiento.
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