EMOLTV

Suprema decidirá en mayo sobre recursos de nulidad en caso monjas

El fallo será dado a conocer por la Segunda Sala de la Corte Suprema en 20 días más en una audiencia pública, tal como lo indica el nuevo sistema Procesal Penal que rige en la Cuarta Región, lugar donde se produjo el ataque incendiario a la residencia de las religiosas que culminó con la muerte de una de ellas.

22 de Abril de 2003 | 13:27 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Segunda Sala de la Corte Suprema decidió aplazar hasta el 12 de mayo próximo la resolución sobre los recursos de nulidad interpuestos por la defensa de los dos inculpados por el ataque a un convento de religiosas en La Serena, que terminó con la muerte de la novicia peruana Lita Castillo.

El fallo será dado a conocer en audiencia pública al mediodía de la mencionada fecha, según lo dispone el nuevo Código Procesal Penal, que actualmente rige en la Cuarta Región.

La audiencia efectuada hoy en el Máximo Tribunal, en la que los abogados de la defensoría y fiscalía pública expusieron sus argumentos por más de dos horas, contó con una gran cantidad de asistentes, en su mayoría religiosas.

El tribunal estuvo integrado por los ministros Alberto Chaigneaux, Enrique Cury, José Luis Pérez, Nibaldo Segura y Adalis Oyarzún.

El 24 de febrero pasado la tercera sala del Tribunal en lo Penal de La Serena hizo pública la resolución de condenar a los dos acusados en el caso, Carlos Vivanco Fuentes y Armando Tapia Álvarez, a 20 y 10 años y un día de presidio, respectivamente.

Tras conocerse la decisión del tribunal, que estuvo presidido por la magistrada Rosario Lavín e integrado por las ministras Liliana Mera y María Cruz Fierro, los abogados defensores de ambos condenados anunciaron que presentarían un recurso de nulidad, acción legal que hoy revisó el Máximo Tribunal.

Raúl Castillo, abogado de Armando Tapia, argumentó ante los magistrados que su defendido es inocente de los cargos que se le imputan y que el procedimiento para inculparlo presentó errores.

El abogado de la Defensoría Penal Pública, Andrés Riutord, quien representa a Carlos Vivanco, afirmó que éste último es inimputable debido a su salud mental.

El fiscal Alejandro Peña, en tanto, expuso que existe evidencia suficiente como para establecer que Tapia y Vivanco efectuaron el atentado incendiario que culminó con la muerte de la religiosa Lita Castillo.

Por su parte el abogado del Arzobispado de la Cuarta Región, Claudio García, señaló que las lesiones provocadas en el ataque son claras y contundentes y que se estableció su origen y data, por lo que no hay dudas de que los condenados fueron los autores del ataque a la residencia de las religiosas.

El atentado a la residencia de las religiosas del colegio Óscar Aldunate de La Serena se produjo la noche del 17 de octubre de 2001 y dejó como saldo la muerte de la novicia peruana Lita Castillo, quien falleció producto de graves quemaduras.

Tras un juicio oral que duró 21 días y consideró la participación de 96 personas, entre testigos y peritos, Carlos Vivanco fue condenado por violación de morada y como autor de homicidio calificado consumado contra la novicia peruana, y calificado frustrado contra las otras 11 religiosas que la noche del ataque se encontraban en el colegio.

Armando Tapia, en tanto, fue sentenciado por ser el responsable del homicidio simple de Lita Castillo, y frustrado contra las otras 11 monjas.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?