EMOLTV

Suprema revoca procesamiento a actuaria de juzgado de Rancagua

Máximo tribunal consideró que no se reúnen los requisitos para el sometimiento a proceso de la actuaria del Segundo Juzgado del Crimen de Rancagua, Nolfa Rubio Espinoza, quien estaba procesada por el delito de falsificación de instrumento público.

04 de Junio de 2003 | 12:31 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Segunda Sala de la Corte Suprema, en forma unánime, acogió esta mañana un recurso de amparo presentado en favor de la actuaria del Segundo Juzgado del Crimen de Rancagua, Nolfa Rubio Espinoza, quien estaba procesada por el delito de falsificación de instrumento público.

Con esta decisión, el máximo tribunal deja sin efecto la encargatoria de reo y la orden de aprehensión dictada en su contra por la ministra en visita extraordinaria Jacqueline Rencoret, quien había sido designada por el Tribunal de Alzada rancagüino para investigar la acusación que pesaba sobre Rubio y otros tres actuarios del juzgado en el que era titular el magistrado Roberto Cociña.

El recurso de amparo en favor de Rubio fue presentado por el abogado Héctor Mason, quien una vez conocida la resolución afirmó que solicitará prontamente que el fallo sea extensivo al resto de los actuarios procesados: Mario Lobos y María Eugenia Bernal.

El profesional consideró que la decisión de la Corte Suprema es importante porque "deja sin efecto un procesamiento que se había dictado sin que estuviera legalmente acreditada la participación" de la imputada.

La Corte de Apelaciones de Rancagua había rechazado el 27 de mayo pasado el recurso, con los votos en contra de acoger la acción legal de los ministros Carlos Aránguiz y Raúl Mera, y con el voto a favor de la magistrada Lilian Medina.

La actuaria Rubio, que fue procesada en enero último, enfrentaba 23 encargatorias de reo por el mismo delito, pero nunca se presentó para ser notificada, razón por la cual nunca estuvo detenida.

En el fallo de una página, la Sala Penal conformada por los ministros Enrique Cury, José Luis Pérez, Nibaldo Segura y los abogados integrantes Fernando Castro y Emilio Pfeffer, consideraron "no se reúne en la especie los requisitos exigidos por el artículo 274, número dos del Código de Procedimiento Penal, para el sometimiento a proceso... por lo que la aprehensión que de ello deriva se ha dispuesto fuera de los casos previsto en la ley y no existiendo mérito suficiente".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?