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Comite Pro Defensa Ciudadana rechaza censura de programa periodístico

Según Eduardo Yáñez, presidente del Comité Pro-Defensa Ciudadana, "esta medida adoptada por los tribunales de justicia chilenos representa un nuevo y grave retroceso para Chile en materia de libertad de expresión".

24 de Julio de 2003 | 14:30 | ORBE
SANTIAGO.- El Comité Pro Defensa Ciudadana, en comunicado de prensa emitido pasado el mediodía de hoy, manifiesta su grave preocupación y rechazo frente al acto de censura previa decretado por la Corte de Apelaciones de Santiago, en contra del programa periodístico de TVN "ENIGMA".

Según Eduardo Yáñez, presidente del Comité Pro-Defensa Ciudadana, "esta medida adoptada por los tribunales de justicia chilenos representa un nuevo y grave retroceso para Chile en materia de libertad de expresión".

Según la convención Americana sobre Derechos Humanos, del cual Chile es miembro signatario, la censura previa está prohibida independientemente de si es establecida por autoridades judiciales o ejecutivas.

De hecho, la Corte Interamericana ha establecido de modo amplio e incondicional que cualquier "medida preventiva" constituye censura previa y, por ende, un menoscabo a la libertad de información, opinión y expresión.

El hecho de prohibir la exhibición de un programa periodístico, cualquiera sea su contenido, representa una violación al artículo 13 de la Convención Americana de la OEA el cual señala "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".

La libertad de expresión no es un derecho absoluto sino que también admite restricciones. Sin embargo las restricciones a la libertad de expresión no pueden ser más amplias que los establecido en el art.13 (art.29 de la Convención) ni pueden ser aplicadas "sino conforme a las leyes que se dictaren por razones de interés general y con el propósito para el cual han sido establecidas".

Es decir, el ejercicio del derecho a información no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores.

Según informó Eduardo Yáñez "nuestro Comité va a informar de esta situación al Relator Especial de Libertad de Expresión de la OEA, a fin de solicitar las medidas cautelares tendientes a levantar la censura decretada por la Corte de Apelaciones de Santiago".
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