SANTIAGO.- Un importante aumento en los montos de las indemnizaciones para las víctimas de accidentes de tránsito registrará, a partir del próximo año, el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), según lo informó el subsecretario de Transportes, Guillermo Díaz.
Díaz explicó que esta es una de las modificaciones a la Ley 18.490 sobre el SOAP publicadas recientemente en el Diario Oficial a través de la Ley 19,887, con el objetivo de mejorar los servicios otorgados por este Seguro.
El SOAP es un seguro de carácter obligatorio que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados al momento de pagar el permiso de circulación.
Su objetivo es indemnizar a las personas que resulten lesionadas en un accidente de tránsito y da cobertura al conductor del vehículo, sus acompañantes y cualquier tercer afectado, además de las familias o beneficiados contemplados en la ley.
Entre los cambios más relevantes a la ley 18.490 destacan las relativas a las indemnizaciones, es decir, aumenta de 150 a 300 UF la indemnización en caso de muerte, de 150 a 300 UF, en caso de incapacidad permanente total (pérdida de, a los menos, dos tercios de su capacidad de trabajo) y sube de 90 a 200 UF la indemnización por incapacidad permanente parcial (pérdida igual o superior al 30%, pero inferior a las dos terceras partes de su capacidad de trabajo).
Finalmente aumenta de 90 a 300 UF el monto máximo por gastos médicos en que deba incurrir el afectado (la hospitalización, el transporte, la atención médica y quirúrgica, los gastos farmacéuticos y por rehabilitación).
La nueva normativa también aumenta de 5 a 30 días el plazo que tiene el propietario o conductor del vehículo asegurado para dar aviso.
En el caso de incapacidad, el plazo para este cobro se cuenta desde la emisión del certificado médico correspondiente, el cual no podrá presentarse después de transcurridos dos años desde el accidente.
En cuanto a las sanciones relativas a no contar con este seguro obligatorio, la nueva ley señala que si el vehículo no cuenta con el seguro por los daños personales y materiales causados con ocasión de un accidente de tránsito, el vehículo conducido quedará gravado con prenda sin desplazamiento y será puesto a disposición del tribunal respectivo, de forma de responder por las indemnizaciones contempladas en esta ley.
Frente a estas modificaciones, el subsecretario Díaz llamó a la ciudadanía a informarse acerca de los nuevos contenidos de esta ley, que estarán vigentes a contar del proceso de renovación de los permisos de circulación correspondientes al año 2004.
Adicionalmente, recordó que para acceder a los beneficios del SOAP las personas deben "dejar constancia en la unidad policial más cercana al lugar del accidente, exhibiendo el certificado de seguro, indicando las placas patentes de los vehículos involucrados e identificando a las personas lesionadas en el accidente".
Además deberá solicitar a Carabineros un certificado original, en el que se consignen los datos del accidente y de los lesionados, de acuerdo al parte policial respectivo.
La autoridad precisó que los trámites para hacer efectivo el SOAP son gratuitos y la persona no requiere de abogado para pedirlos, destacando que "cualquier persona puede obtener información sobre el SOAP de un vehículo a través del Certificado de Anotaciones en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil e Identificación y en la Dirección del Tránsito de la Municipalidad que otorgó el permiso de circulación respectivo".