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Se suspende momentáneamente incautación de la píldora

La Corte de Apelaciones acogió la orden de no innovar presentada por el Instituto de Salud Pública.

29 de Julio de 2004 | 12:28 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió acoger a trámite un recurso de protección con orden de no innovar presentado por el Instituto de Salud Pública (ISP), que buscaba dejar sin efecto la orden de incautación del fármaco Postinor 2.

De esta manera, se suspende momentáneamente la prohibición para vender y distribuir la llamada píldora del día después, hasta que la Corte se pronuncie sobre el recurso de protección.

No obstante, esta medida no tiene efectos concretos pues un dictamen anterior anuló el registro el Postinor 2 y por lo tanto su producción y venta.

La jueza suplente del Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, Sylvia Papa, prohibió la comercialización de dicho fármaco al acoger una impugnación presentada por la agrupación Ages, organización no gubernamental que asegura que el medicamento es abortivo.

El dictamen se fundamenta en el artículo 75 del Código Civil que "protege la vida del que está por nacer" y que "garantiza los derechos del demandante", mientras se desarrolla el juicio.

El 30 de junio pasado la jueza anuló el registro del fármaco en el Instituto de Salud Pública porque el Postinor 2 tiene el mismo principio activo que su antecesor, el Postinal, que rechazó la Corte Suprema en 2001.
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