| Fiscalización el 18 |
La Dirección del Trabajo anunció que para el sábado 18 se fiscalizará el cumplimiento de la ley en los centros comerciales. Quienes no cumplan con la norma se exponen a una multa que dependerá del número de personas que esté trabajando, teniendo un tope máximo de 60 UTM (1,8 millón de pesos).
Esta sanción pecuniaria se cobrará al dueño de la tienda y no a la administración del centro comercial, salvo que sea personal de dicha administración la que se encuentre trabajando.
Una segunda fiscalización tendrá que ver con las denuncias que se efectúen en los días posteriores a este fin de semana, ya sea de personas que trabajaron el 18 o de aquellas que se vieron obligadas a hacerlo el 17 y 19, pese a tener un acuerdo previo que establecía el descanso.
María Ester Féres realizó un llamado para que la ley sea respetada por los centros comerciales puesto que su publicación generó gran conmoción pública y amplio respaldo parlamentario.
Los centros comerciales ya habían anunciado que cerrarán sus locales el sábado 18, sin embargo abrirán de todas formas el viernes 17 y el domingo 19 aunque no su grandes tiendas. |
SANTIAGO.- Para nadie resultó fácil entender la ley número 19.973 que estableció que el próximo viernes 17 de septiembre se suma como feriado legal al fin de semana de Fiestas Patrias. Tan complicada es su aplicación que a la Dirección del Trabajo le costó un gran esfuerzo poder interpretarla en un dictamen dado a conocer hoy.
Lo concreto, de acuerdo al dictamen, es:
El día 17 de septiembre es feriado para "los trabajadores afectos al régimen normal de descanso semanal", es decir, para aquellos que trabajan de lunes a viernes y descansan los fines de semana.
Sin embargo, para aquellos que trabajan fines de semana y días festivos el viernes "constituirá un día normal de trabajo", sin perjuicio de que exista un acuerdo previo entre las partes (empleado-empleador) que establezca descanso para algunos trabajadores.
El 18 de septiembre, así como los días 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, es feriado legal para todos los trabajadores.
El 19 de septiembre será día de descanso también para los trabajadores, siempre y cuando éstos hayan alcanzado un acuerdo previo con sus empleadores.
Hasta este punto parece todo relativamente claro, sin embargo, el problema aparece cuando se advierte que la interpretación que hizo la Dirección del Trabajo sólo se refiere a los trabajadores de mall, definidos éstos como el lugar físico con administración común y persona jurídica que ofrece a usuarios consumidores o visitantes servicios de todo tipo.
Esta definición elaborada por la Dirección del Trabajo no hace distinción sobre los trabajadores de los mall, agrupando en un mismo concepto a quienes trabajen en su interior o exterior e incluyendo a cines, patios de comida, lugares de entretención, personal del aseo, supermercados y personal de administración que labore en un centro comercial.
Es justamente ése el reclamo que realiza el presidente de la Confederación Nacional de Trabajadores del Comercio, Claudio Aravena, quien acusa que tanto la ley como la interpretación de ésta excluye a muchos otros trabajadores de tiendas fuera de grandes centros comerciales cuyos empleadores no se ven obligados a cerrar sus tiendas en los días que la ley establece.
La directora del organismo, María Ester Féres reconoció, por ejemplo, que los supermercados que no funcionan al interior de un mall podrán trabajar sin problema los días festivos.
Tras escuchar el dictamen entregado por Feres, Aravena reconoció que este problema no es de responsabilidad de la Dirección del Trabajo, sino que de los parlamentarios que, a su juicio, manifestaron un gran interés en agregar un feriado a estas Fiestas Patrias, pero que hoy no sacan la voz por aquellos que deberán trabajar.
En ese sentido, Aravena expresó que "es raro que se tenga que interpretar una ley que recién fue promulgada".