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Senado aprobó proyecto para recuperar créditos universitarios de los impuestos

Ley permitirá mejorar el financiamiento del sistema que beneficia a miles de estudiantes.

01 de Diciembre de 2004 | 20:47 | Orbe
SANTIAGO.- El Senado de la República aprobó por unanimidad -33 votos a favor y 0 en contra-, el Proyecto de Ley que establece facultades para la Tesorería General de la República y modifica la Ley 19848 sobre Reprogramación de Deudas a los Fondos de Crédito Solidario.

Así lo anunció hoy el ministro de Educación, Sergio Bitar, quien afirmó que el mencionado proyecto forma parte de un conjunto de medidas impulsadas por el Mineduc tendientes a superar las deficiencias que se han observado durante los 10 años de funcionamiento del sistema de crédito solidario.

El secretario de Estado valoró el hecho de que el proyecto de ley tuvo la aprobación unánime en ambas cámaras del Congreso y consenso de todos los partidos en un tiempo récord, "lo que revela que hay una voluntad de asignar más recursos a la educación superior".

Mediante esta iniciativa legal se proponen dos principales mecanismos tendientes a aumentar la eficacia en la recuperación de los créditos otorgados.

El primero de dichos mecanismos es la retención de créditos de impuestos por parte de la Tesorería General de la República. Del total de deudores de crédito solidario que actualmente se encuentran morosos en el sistema, y que no acudieron al proceso de reprogramación de dichas deudas, 20.895 obtuvieron devolución de impuestos a la renta en el año 2004. La estimación realizada indica que de haber existido un mecanismo que permitiera a la Tesorería General de la República retener las devoluciones e imputarlas al pago del crédito moroso, habría sido posible recuperar aproximadamente de 4057 millones 770.619 pesos.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto aprobado, en su artículo 1§, faculta a la Tesorería General de la República para retener de la devolución anual de impuestos a la renta que correspondiere a los deudores del crédito solidario universitario regulado por la ley 19.287, los montos de dicho crédito que se encontraren morosos. Asimismo, se regula la forma en que la Tesorería debe enterar los dineros recaudados a las entidades acreedoras.

Por otra parte, el segundo de los mecanismos propuestos consiste en otorgar al Servicio de Impuestos Internos la facultad expresa de informar a los administradores de fondos de crédito acerca de los ingresos efectivos declarados cada año por el contribuyente deudor de crédito, de manera de evitar que una sub-declaración de rentas afecte el cálculo de la cuota contingente al ingreso que debe pagar al año siguiente.

El artículo 2§ del presente proyecto modifica el artículo 12§ de la Ley 19.848, en el sentido de aclarar, a través de una mejor redacción, la excepción contenida en esta norma, al deber de reserva o secreto tributario, de modo de posibilitar su aplicación al fin del presente proyecto.
En este sentido, se faculta expresamente al Servicio de Impuestos Internos para proporcionar a los Administradores de Fondo de Crédito Solidario aquellos antecedentes relativos a los ingresos declarados anualmente por los deudores del Crédito, a objeto de poder contrastarlos por la información proporcionada por los propios deudores.

Mediante esta modificación también se especifica a quienes se considera como deudores de los fondos de crédito solidario, extendiendo la aplicación de dichos instrumentos a todos los deudores de estos fondos y no tan solo a los que han reprogramado de acuerdo a la Ley 18.848.

De esta manera, el principal objetivo del proyecto recientemente aprobado no es otro que mejorar la recuperación de los fondos entregados por concepto de crédito solidario universitario, requisito fundamental para el correcto y eficaz funcionamiento del sistema.

En la actualidad la recuperación de crédito solidario alcanza una cifra de 26.000 millones de pesos, lo que representa una tasa promedio de recuperación de un 50 por ciento en el sistema.

Si se considera que el promedio de los créditos que se asignan a los actuales alumnos de las universidades del Consejo de Rectores alcanza a los 900.000 pesos, podemos concluir que cada 1.000 millones de pesos que son recuperados es posible entregar más de 1000 nuevos créditos.

En consecuencia, un incremento en las tasas de recuperación de los créditos beneficia al conjunto de alumnos que se incorporan a laeducación superior que requieren financiamiento para sus aranceles.