VALPARAÍSO.- El Congreso Nacional aprobó en tiempo récord un proyecto del presidente Ricardo Lagos que otorga una indemnización económica y otros beneficios sociales a 28 mil chilenos que entregaron testimonios de haber sido torturados por agentes del Estado durante el régimen militar encabezado por el general (r) Augusto Pinochet (1973-1990).
La Cámara de Diputados aprobó la normativa con 74 votos a favor y horas más tarde el Senado hizo lo propio por 34 votos a favor y dos en contra, de los senadores institucionales Jorge Martínez y Rodolfo Stange.
El proyecto se convertirá ahora en ley y otorgará reparaciones a las víctimas de tormentos cuyos testimonios fueron recogidos y comprobados por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
La única modificación respecto al proyecto original que aprobó el parlamento es una que exime de realizar el Servicio Militar Obligatorio a los hijos de prisioneros políticos y torturados.
"Resulta lógico que los hijos de quienes sufrieron apremios y detención ilegítima, cometidas por personal de las Fuerzas Armadas y en recintos militares, no estén dispuestos a realizar la conscripción obligatoria y revivir, de algún modo, la dramática experiencia de sus padres", explicó el diputado socialista Pedro Muñoz.
Precisa que los menores de 70 años recibirán una pensión de 112.816 pesos mensuales; los mayores de 70 y menores de 75, 123.357 pesos mensuales, y los de 75 años o más, 129.118 pesos mensuales.
Los menores de edad nacidos en prisión o detenidos junto a sus padres percibirán un bono por una vez, equivalente a 6.900 dólares.
La ley otorga también a las víctimas beneficios médicos y educacionales.
El aspecto más controvertido de la ley, que provocó la objeción del gubernamental Partido por la Democracia, fue el referido a que los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la comisión sobre prisión política y tortura permanecerán en secreto durante un plazo de 50 años.
Mientras rija esta confidencialidad, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura, tendrá acceso a los antecedentes, sin perjuicio del derecho personal de los titulares de éstos a darlos a conocer o proporcionarlos a la justicia o a terceros por voluntad propia.