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Suprema rechaza recurso de amparo a favor de Pinochet

En un fallo estrecho, de 3 votos contra 2, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema mantuvo el procesamiento del ex gobernante.

04 de Enero de 2005 | 11:33 | Malú Urzúa y Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
Lea la resolución

SANTIAGO.- En un fallo estrecho, de 3 votos contra 2, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema rechazó el recurso de amparo que interpuso la defensa del general (r) Augusto Pinochet en el marco del caso Operación Cóndor.

Si bien la decisión ya había sido adoptada en el día de ayer por los ministros Milton Juica, Alberto Chaigneau, Enrique Cury, Nibaldo Segura y Jaime Rodríguez Espoz, recién hoy se dio a conocer la resolución que rechaza la postura de la defensa y mantiene el procesamiento del ex gobernante.

De acuerdo a la información entregada por Carlos Meneses, secretario de la Corte, rechazaron el recurso los magistrados Chaigneau, Rodríguez y Juica, mientras que se manifestaron a favor de éste, Segura y Cury.

La resolución

El voto de mayoría se sustenta principalmente en dos argumentos. El primero de ellos establece que el procesamiento dictaminado por el juez Guzmán cumple con los requisitos establecidos en el artículo 274 del Código de Procedimiento Penal "en cuanto dicha resolución contiene, según los elementos de juicio que se ponderan, las fundamentaciones necesarias para explicar que está justificada, para ese fin procesal, la existencia de hechos que importan las figuras punibles de secuestros calificados y homicidio calificado y que, además, de esos mismos antecedentes aparecen presunciones fundadas que incriminan provisionalmente, para los fines del sumario criminal, al imputado Augusto Pinochet Ugarte, con lo cual también se satisface el requerimiento que señala el artículo 275 del mismo cuerpo legal, esto es, de contener la fundamentación para explicar el cumplimiento de las condiciones determinadas en el artículo 274 aludido, de tal modo, que la resolución recurrida no ha sido expedida fuera de los casos previstos por la ley o con infracción de cualquiera de las formalidades determinadas en el Código de Enjuiciamiento Criminal".

La segunda fundamentación, y no por ello menos importante, dice relación con que el recurso de amparo presentado por la defensa del ex gobernante, no es, a juicio de tres de los magistrados, vía adecuada para impugnar en este caso esta resolución, ni para entrar a analizar el estado de salud físico y mental de Pinochet.

"Es lo cierto que dicha defensa de fondo que mira a la imputabilidad del procesado, aun cuando haya sido declarada en otro juicio por hechos distintos, no puede ser atendida por esta vía extraordinaria, puesto que aparte de las razones dadas por el juez a quo, en cuanto cree que dicho encausado puede desarrollar una adecuada defensa en su estado actual de salud y por lo tanto, no lo estima por ahora enajenado mental para poner término al proceso o extinguir su responsabilidad criminal, dicha fundamentación defensiva resulta por ahora ajena a la arbitrariedad o ilegalidad propia en la justificación del amparo, constituyendo una alegación que debe discutirse en otra sede y dentro de todas aquellas posibilidades que permite el mismo Código de Procedimiento Penal, en especial en su artículo 684", expresa la resolución.

La Corte Suprema hace presente en su fallo que la defensa de Pinochet ya presentaron una solicitud de sobreseimiento que se encuentra actualmente pendiente.

También señala que tanto el procesamiento como la "prisión recurrida", aparece dictada con mérito y antecedentes que la justifican.

En tanto, el voto de minoría tiene su sustento en la opinión de los magistrados respecto al estado de salud del ex gobernante, ya que consideran que la salud neurológica de Pinochet no le permite enfrentar juicio.

En la resolución se establece que "las afecciones neurológicas que padece el amparado lo inhabilitan para defenderse procesalmente, y al carecer de dicha aptitud legal - requisito indispensable para el ejercicio de la garantía constitucional de un debido proceso que le asiste a toda persona- el encausamiento dictado en su contra aparece pronunciado fuera de los casos previstos por la ley y justifica fundadamente ser dejado sin efecto, sin perjuicio de la prosecución de la investigación conforme a las demás normas procesales pertinentes".

En el punto quinto, la resolución da cuenta del interrogatorio realizado por el juez Guzmán a Pinochet, en el cual sólo pudo realizarle siete preguntas y debió suspender la diligencia dado que Pinochet se encontraba congestionado y su respiración no era normal, costándole formular las respuestas.

El caso

El miércoles 22 de diciembre los magistrados escucharon los alegatos de las partes y, tras reunirse a puertas cerradas dejaron en acuerdo su decisión, postergándola hasta esta semana.

La defensa del ex gobernante, encabezada por el abogado Pablo Rodríguez, presentó el recurso con el objetivo de dejar sin efecto el procesamiento que dictó en contra de Pinochet el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia.

El lunes 13 de diciembre pasado, el magistrado procesó a Pinochet como autor de nueve secuestros y un homicidio calificado en el marco del caso Operación Cóndor, coordinación de las policías secretas de los regímenes militares del cono sur, destinada a neutralizar a los opositores de dichos gobiernos.

El recurso de amparo de la defensa ya había sido rechazado en votación unánime por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Los argumentos de las partes

El día de los alegatos ante la sala del máximo tribunal, la defensa del general en retiro expuso sus argumentos para solicitar el revocamiento al procesamiento dictado por Guzmán. La base de los argumentos presentados por el abogado Pablo Rodríguez fue el actual estado de salud que enfrenta Pinochet, quien sufrió hace poco un accidente vascular que lo mantuvo internado en el hospital Militar.

Rodríguez reiteró ante los magistrados que la encargatoria de reo fue adoptada por un tribunal que "en estricto derecho carece de jurisdicción respecto del general Pinochet, habida consideración de que éste no puede ser sujeto idóneo para sostener una relación procesal válida por hallarse afectada su capacidad procesal de ejercicio, como lo determinó la Excma. Corte Suprema".

Por su parte, los abogados querellantes Eduardo Contreras y Héctor Salazar sostuvieron ante el tribunal que la salud actual de Pinochet no tiene nada que ver con la realidad procesal y que "en todo caso se trata de un enfermo muy curioso al que se le otorga la extremaunción el domingo y se le da de alta el miércoles", en referencia al período en que el ex gobernante estuvo internado.

Además, sostuvieron que independiente de los problemas de salud, el ex gobernante se encuentra en perfectas condiciones de salud mental y puede interactuar con los tribunales, lo que se demuestra con la solicitud que le hizo al abogado Rodríguez de concurrir a declarar ante el juez Muñoz en el Caso Riggs.

La decisión de Guzmán

En el procesamiento, el ministro Guzmán concluyó que de las indagatorias, se estimó que el general (r) "indudablemente presenta un estado físico bastante deteriorado que se traduce en su dificultad para caminar, su sordera, su lentitud, sus ahogos, la hinchazón de su cara y en la mayor dificultad que presenta al expresarse; sin embargo, en lo mental, se puede inferir que si se denotan las dificultades anteriormente enumeradas, él está claramente vinculado con la realidad, tiene coherencia y continuidad en sus ideas, se ubica en el tiempo y en el espacio, utiliza la lógica en la elaboración de sus ideas y responde en forma directa y simple, como siempre lo ha hecho, aunque, con mayor dificultad y lentitud".

El magistrado fue más concluyente aún en sostener que "se evidencian dificultades propias de su edad y del deterioro orgánico que presenta aunque no puede estimarse que lo afecte un grado de demencia o de deterioro que lo inhabilite para enfrentar un juicio".
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