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Comunicado de Dirección General de Aeronáutica Civil por caso malaria

22 de Febrero de 2005 | 13:43 | El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- A continuación el comunicado de la Dirección General de Aeronáutica Civil por la retención 248 pasajeros retenido por riesgo de malaria.

"Comunicado de prensa caso Avión Lan

Santiago, 22 febrero 2005

En relación a la situación que afectó a un pasajero del vuelo Lan 705, procedente de Madrid a Santiago con 236 pasajeros y 15 tripulantes a bordo, registrado el día de hoy, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), informa lo siguiente:

I. A las 09:30 horas, en el arribo del vuelo Lan 705, proveniente de Madrid, un pasajero de origen francés, 29 años, presentó síntomas de un síndrome febril agudo. De acuerdo a la normativa vigente para estos casos, se activó el procedimiento de seguridad médica, siendo el pasajero revisado a bordo, por el médico de turno del aeropuerto, quien determinó que fuera trasladado a un centro asistencial para ser evaluado por epidemiólogos e infectólogos, y que a su vez el resto de los pasajeros permanecieran aislados a bordo de la aeronave, en espera de los resultados médicos. Por convenio de la línea aérea, se determinó derivar al paciente a la Clínica Las Condes.
Se informó de esta situación a la autoridad sanitaria regional, la que en conjunto con la DGAC y la línea aérea, aplicaron los procedimientos preventivos y de control sanitario pertinentes.

II. Luego de la evaluación hecha por los especialistas de la Clínica Las Condes, se determinó que el paciente presentaba un cuadro febril agudo con antecedentes de un cuadro de malaria crónica en tratamiento. Esta situación se puso en conocimiento del resto de los pasajeros, quienes por disposición de la autoridad sanitaria fueron derivados a sus domicilios, previo empadronamiento para efectuarles un chequeo y monitoreo durante los próximos 10 días. Este es un procedimiento que se efectúa a nivel mundial y va en directo beneficio y seguridad sanitaria de los pasajeros y de la población en general, para evitar cualquier ingreso de enfermedades infecto contagiosas endémicas y/o emergentes a nuestro país.

III. Esta situación queda entregada a la autoridad sanitaria en cuanto a sus efectos y medidas posteriores, habiéndose cumplido por parte de la DGAC todos los pasos previos pertinentes".