TEMUCO.- El Tribunal Oral en lo Penal de Angol integrado por los Magistrados Alejandro Vera Quilodrán, Mauricio Poblete y Mauricio Vidal dictó hoy Jueves veredicto condenatorio en contra de Juan Carlos Huenulao Lielmil por el delito de incendio terrorista. El Juicio Oral se inició el Lunes 18 de Abril, se extendió por una semana y media y finalizó con los alegatos de clausura ayer miércoles.
Cabe recordar que Huenulao no se presentó al juicio oral realizado en el mes de Julio y Agosto del año pasado, manteniéndose prófugo de la justicia hasta el mes de febrero del presente año oportunidad en que fue detenido por Carabineros de Chile.
En el juicio anterior fueron condenados a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio José Huenchunao Mariñan, Patricia Troncoso Robles, Juan Ciriaco Millacheo Lican, Florencio y Juan Marileo Saravia.
Los dos primeros mencionados se encuentran acusados como líderes en la asociación ilícita terrorista referente a la Coordinadora Arauco Malleco, delito por el cual el Ministerio Público ha acusado a un total de dieciséis personas, varias de ellas prófugas.
En la audiencia de juicio oral, el Ministerio Público, encabezado por el Fiscal Regional Subrogante, Sergio Moya junto a los Fiscales Alberto Chiffelle y Cristián Paredes, presentaron al Tribunal prueba testimonial, pericial, documental y evidencias como botellas con gasolina encontradas en el lugar, con el objeto de acreditar el incendio y la participación que tuvo en los hechos el acusado.
Así se estableció que el día 19 de Diciembre del año 2001 resultaron quemadas más de cien hectáreas de bosque de pino y eucaliptus en el fundo Poluco Pidenco de propiedad de Forestal Mininco corriendo serio peligro de ser quemadas las siembras, animales y casas de comuneros del sector Tricauco y San Ramón de la comuna de Ercilla, quienes debieron exponerse al fuego para proteger sus pertenecias.
Concretamente se probó que el condenado prendió fuego a partes del bosque, a un puente y matorrales existentes en el sector y formó parte de un grupo que atacó a los brigadistas forestales que trataron de controlar el fuego los cuales debieron abandonar el predio sin sus herramientas tales como motosierras, radiotransmisores, cantimploras y otras, pues les fueron arrebatadas bajo amenazas.
Este delito de incendio se enmarca dentro de la Ley sobre conductas terroristas, por cuanto, se cometió con la finalidad de producir en sectores de la población de la IX Región de la Araucanía el temor justificado de ser víctimas de delitos de la misma especie.
Durante dicho mes del año 2001 se sucedieron una serie de hechos de extrema gravedad, así el 13 de diciembre fue atacado el Fundo Nancahue de Propiedad de Juan Agustín Figueroa, incendiándose parte de un bosque y la casa habitación del administrador y su familia con todos sus enseres al interior; posteriormente el día 16 de diciembre, cuando se celebraban elecciones parlamentarias en el país, se incendió el predio perteneciente a los hermanos Juan y Julio Sagredo Marin profesores de la comuna de Lumaco, resultando quemadas más de ochenta hectáreas de bosque; el día 19 de diciembre se incendió el predio Poluco Pidenco y el 23 de diciembre se atacó e incendió la casa patronal del Fundo Curaco perteneciente a la familia Garabarini, resultando totalmente destruidas.
La sentencia que deberá cumplir el acusado, será dada a conocer el día 03 de mayo a partir de las 19:00 horas en el Tribunal Oral en lo Penal de Angol.