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Senado pospone votación de proyecto que beneficia a reos de CAS

La decisión fue adoptada a raíz de una petición del comité socialista, cuyos integrantes temieron que la iniciativa fuera rechazada debido a la ausencia de algunos parlamentarios concertacionistas.

12 de Julio de 2005 | 20:58 | ORBE
VALPARAISO.- El comité socialista del Senado pidió una segunda discusión del proyecto que pretende beneficiar a cuatro reos de Cárcel de Alta Seguridad (CAS), y con ello se aplazó la votación de la normativa.

El bloque socialista prevé truncada su aprobación por los votos de los senadores de la oposición, que tienen dudas de constitucionalidad ya que sostienen que "rompe el principio de igualdad ante la ley".

Los beneficiados de la CAS depusieron su huelga de hambre y se encuentran condenados por delitos de conductas terroristas cometidos en democracia.

La petición la formuló el jefe del comité socialista, senador Jaime Naranjo, ante el temor de que finalmente se rechazara la iniciativa por encontrarse ausentes, con permiso constitucional y cumpliendo misiones oficiales en representación del Congreso, los senadores José Antonio Viera Gallo, Jorge Pizarro, Sergio Páez y Edgardo Boeninger.

"No podíamos arriesgarnos después de todo lo que hemos esperado para sacar adelante este proyecto", sostuvo el legislador, quien reconoció que difícilmente la Concertación contará con los votos de la oposición "porque ellos se ampararán en eventuales visos de inconstitucionalidad, a pesar de que la Comisión de Constitución con los votos de los senadores Andrés Zaldívar, José Antonio Viera Gallo y el ex ministro de la Suprema Enrique Zurita, concluyeron que no contraviene las disposiciones de la Carta Fundamental", indicó.

El proyecto, al que el Gobierno retiró la urgencia, se encuentra en segundo trámite legislativo y modifica el Decreto de Ley 321, de 1925, sobre libertad condicional.

La normativa de artículo único incorpora un nuevo inciso sobre libertad condicional, en el cual se establece que "a los condenados a presidio perpetuo por delitos contemplados en la ley que fija la penalidad por conductas terroristas y, además condenados por delitos sancionados en otros cuerpos legales, se les pondrá conceder el beneficio de libertad condicional, una vez cumplidos 10 años de pena, siempre que los hechos punibles hayan ocurrido entre el 1 de enero de 1989 y el 1 de enero de 1998, y los condenados suscriban en forma previa una declaración que contenga una renuncia inequívoca al uso de la violencia".
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