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Corte multa a concesionaria por robo de radio de auto en estacionamiento

“Resulta evidente que el servicio ofrecido fue deficiente, sin que sea admisible como excusa el que la especie sustraída era desmontable o que debió quedar en las cajas de seguridad", señala el fallo.

26 de Septiembre de 2007 | 13:10 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la concesionaria de estacionamientos Santa Lucía al pago de una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a $ 667.640) por infracción a la Ley del Consumidor por deficiente calidad del servicio a un consumidor al que le robaron la radio de su vehículo al interior del establecimiento, según un comunicado del Poder Judicial.


Los hechos se originan el 7 de noviembre de 2005 cuando Juan Enrique Hernández Heredia  aparcó su auto Volskwagen Gol en Victoria Subercaseux 400, al llegar al móvil se percató que le habían robado la radio.


La concesionaria desestimó al reclamo ya que consideró que el consumidor debió desmontar el reproductor de sonido o bien dejarlo guardado en las cajas de seguridad que posee el mismo establecimiento para este tipo de aparatos.


Sin embargo los jueces Haroldo Brito, Carlos Gajardo (redactor del fallo) y el abogado integrante Nelson Pozo consideraron que ambos argumentos no sirven para deslindar la responsabilidad de la concesionaria por deficiente servicio, indica la nota del departamento de Comunicaciones.


“Resulta evidente que el servicio ofrecido fue deficiente, sin que sea admisible como excusa el que la especie sustraída era desmontable o que debió quedar en las cajas de seguridad. De aceptarse estas explicaciones, ello importaría hacer de cargo del usuario la seguridad que la empresa está obligada a proporcionar en toda circunstancia y por la que cobra un precio que fija unilateralmente”, dice el fallo.


En primera instancia el Primer Juzgado de Policia Local de Santiago había absuelto a la concesionaria por considerar que no se había cometido infracción de parte de la empresa de estacionamiento.


Cabe recordar que el 13 de agosto pasado en un fallo similar la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso en el mismo sentido.


 

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