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Diputados aprueban norma para impedir reconocimiento fraudulento de los hijos

El proyecto implica la necesidad de que se exija el consentimiento materno después del primer año de vida del niño/a para el reconocimiento administrativo de paternidad.

15 de Julio de 2008 | 16:46 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- La Cámara de Diputados aprobó ayer, por 76 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, el proyecto de ley que consagra la participación materna en el reconocimiento de la paternidad.


La ministra del Sernam, Laura Albornoz Pollmann, se mostró muy conforme con la aprobación de ésta moción parlamentaria, iniciativa de los diputados Fulvio Rossi y María Antonieta Saa, y que fue patrocinada por Sernam desde sus inicios.


"Como ministra de la mujer me encuentro plenamente satisfecha por la aprobación de este proyecto de ley, porque como existía un vacío legal en la ley de filiación, muchas mujeres se veían expuestas a situaciones reñidas con interés de sus hijas e hijos, que es lo fundamental en la modificación de este proyecto", explicó la titular del Sernam.


“Hay muchos ejemplos de los que fuimos testigos, donde hombres que no tenían ningún tipo de relación con las madres, incluso muchas veces éstas ni los conocían, inscribían a los hijos de estas mujeres, como suyos. Esperemos que en el Senado estén de acuerdo y voten también a favor”, señaló la secretaria de Estado.


Contenidos del proyecto de ley


El proyecto implica la necesidad de que se exija el consentimiento materno después del primer año de vida del niño/a para el reconocimiento administrativo de paternidad, además del consentimiento de los mayores de 14 años para efectuar el reconocimiento administrativo de paternidad y la modificación de sus apellidos.


Por otra parte, se otorga acción de reclamación de  paternidad para el padre que, no habiendo asumido paternidad dentro del primer año, no cuente con el consentimiento materno o del mayor de 14 años.


Además, se aumenta a dos años el plazo para que la madre, en representación del hijo, pueda impugnar la paternidad asumida administrativamente en el primer año de vida del niño/a en caso de que, en el futuro, pudieran volver a presentarse.


Una medida complementaria es que se otorgan 60 días  para impugnar judicialmente situaciones ocurridas con anterioridad a la fecha que entre en vigencia esta iniciativa legal.

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