SANTIAGO.- La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos en contra de la sentencia que condenó al empresario Carlos Filippi Barra y otras seis personas en el denominado caso Coimas.
Los condenados entregaron certificados de revisiones técnicas de vehículos sin realizar la inspección respectiva, ilícitos cometidos entre noviembre de 2001 y diciembre de 2002 en Rancagua, Sexta Región.
En fallo unánime, los ministros de Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Óscar Herrera desestimaron el recurso presentando por la defensa de Filippi en contra del fallo del tribunal de alzada de Rancagua.
Dicha resolución, emitida el 8 de noviembre de 2007, estableció la sanción de tres años y un día de presidio a Carlos Filippi por su responsabilidad como autor de infracción a la Ley de Control de Tránsito.
También sancionó a Manuel Lazcano Pérez a 41 días de presidio; y a Luis Astete Martínez, Guido Ogalde Morales, Manuel Toloza Pérez, Leopoldo Venegas Farías y a Mario Pavez Valenzuela a 61 días de presidio como encubridores del delito.
En todos los casos se concedió el beneficio de libertad vigilada, debiendo Filippi quedar por cinco años bajo tratamiento y sujeción por parte de un delegado de Gendarmería de Chile, y los restantes por el tiempo que dure la condena.