SANTIAGO.- Ante el rechazo del Tribunal Constitucional (TC) al préstamo de 400 millones de dólares hecho por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y al de US$ 10 millones otorgado por el BancoEstado, ambos para mantener funcionando el sistema de locomoción hasta noviembre, la opción de recurrir al 2% constitucional se vislumbra por algunos sectores como la más factible.
Aunque el mecanismo tiene alta adhesión entre algunos ministros del equipo político e incluso de los partidos de la Concertación, los ministros de Hacienda y Transportes, Andrés Velasco y René Cortázar, así como la propia Presidenta Michelle Bachelet tienen ciertas reticencias, pues aplicarlo significa reconocer que el Transantiago es una calamidad pública y, además, no tiene la posibilidad de compensar a las regiones por la inversión en Santiago, como quiere la Mandataria.
Pero más allá de las diferencias políticas, la posibilidad de recurrir al 2% constitucional para obtener recursos para el Transantiago le permitiría al Ejecutivo no depender de la oposición para financiar el sistema de transportes.
Sin embargo, es una alternativa que ya fue desechada el año pasado debido al costo político que representa tanto para el actual gobierno, como para el ex Presidente Ricardo Lagos, cuyo gobierno impulsó el plan.
Las mismas razones, pero con más peso aún debido al ambiente electoral que se avecina, es lo que ha impedido a La Moneda echar mano a esta vía.
En concreto, el artículo 32, inciso 22 de la Constitución, establece lo siguiente: "el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros de Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país".
Asimismo determina que "el total de los giros que se hagan con estos objetos no podrá exceder anualmente del 2% del monto de los gastos que autorice la Ley de Presupuestos. (...) Los ministros de Estado o funcionarios que autoricen o den curso a gastos que contravengan lo dispuesto en este número serán responsables solidaria y personalmente de su reintegro, y culpables del delito de malversación de caudales públicos".