La decisión contra los inculpados fue tomada en forma unánime por los magistrados.
Mirko Aicon, El MercurioSANTIAGO.- El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago sentenció a la pena de 3 años y un día de presidio por el delito de tenencia de bombas o artefactos incendiarios, en calidad de autores, a los tres imputados que fueron sorprendidos portando bombas molotov la noche del 29 de marzo pasado, en la comuna de Pudahuel, en el marco del denominado “Día del joven combatiente”.
La decisión fue tomada en forma unánime por los magistrados Carlos Hazbún, Tomas Gray y Enrique Durán, quienes declararon culpables del delito antes mencionado a Alex Marcelo Dotte López, Joaquín Alberto Cortés Crespo y María Alejandra Vila Valenzuela.
No se le concedieron beneficios a Alex Dotte, por lo que deberá cumplir la pena efectiva; en tanto, Vila y Cortés cumplirán la condena en libertad vigilada.
Además, se condenó a Esteban Nemías Huiñiguir Reyes por los delitos de plantación ilícita de marihuana y tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades a 3 años y un día y 541 días de presidio efectivo, respectivamente.
Asimismo, el tribunal absolvió a Cortés Crespo y Vila Valenzuela del delito de tráfico de drogas.