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Viudo de Soledad Lapostol asegura que jueza protegió a Araya Galaz

En entrevista con Chilevisión, Alfredo León Ramírez se manifestó absolutamente disconforme con la condena de presidio perpetuo simple para el asesino de su esposa.

23 de Diciembre de 2008 | 01:58 | ORBE

SANTIAGO.- A dos días de dictarse la condena de presidio perpetuo simple para el único inculpado por el asesinato de María Soledad Lapostol, el viudo de la ejecutiva, Alfredo León Ramírez, demostró su absoluta disconformidad con la resolución, lanzando sus dardos hacia el actuar del magistrado, en particular el de la jueza redactora Mariela Jorquera.


"Fui testigo presencial de cómo en un momento la jueza Jorquera llegó a perder la paciencia y a descontrolarse, porque estimó que una pregunta hecha por nuestro abogado no era pertinente desde el punto de vista estrictamente procesal ante una pregunta de un perito. Según ella, los peritos no podían hacer ningún tipo de comentario que no fuera ratificar lo que habían dicho en las conclusiones de ese informe. Es decir, se descolocó porque estimó que se estaba vulnerando alguna norma procesal", reveló León.


El esposo de la ejecutiva bancaria agregó que esta jueza "tenía una tendencia exagerada a la protección del imputado". Además, afirmó que Jorquera no concurrió con su voto a la determinación de la agravante de alevosía.


"Hay jueces que da la impresión que están dentro de una burbuja, que se marean leyendo y más que hacer cumplir la justicia y la verdad, lo importante parece ser cumplir a la letra lo que dice la disposición legal", reclamó en entrevista con Chilevisión.


Cabe recordar que el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a presidio perpetuo simple a Luis Araya Galaz, principal imputado por el secuestro y asesinato de la ejecutiva bancaria María Soledad Lapostol, ocurrido el 21 de diciembre de 2007.


De esta manera, Araya Galaz fue inculpado del delito de robo con homicidio y la sentencia consideró como agravantes el haber actuado con alevosía, reincidencia específica y haber cometido el delito en período de beneficio.


En la práctica, la condena implica que el victimario podrá optar a beneficios carcelarios sólo después de cumplir 20 años de presidio.