SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó hoy el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que anuló la ordenanza dictada por Municipalidad de Vitacura que restringía el funcionamiento hasta las dos de la madrugada de pubs y restaurantes de la comuna.
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y el abogado integrante Guillermo Ruiz, confirmaron la decisión dictada el 25 de marzo pasado por la Cuarta Sala del tribunal de alzada.
En esa fecha, la corte en decisión dividida había determinado que la restricción establecida por el municipio era arbitraria e ilegal, ya que "ha afectado el derecho de los locatarios a desarrollar una actividad económica lícita (...) y respecto de la cual han obtenido la correspondiente autorización municipal".
El tribunal recordó además que el artículo 19 N° 21 de la Constitución asegura a todas las personas, a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional.
El 30 de marzo de 2008 el municipio decidió implementar la restricción de horarios, argumentando que se estaba atendiendo a los requerimientos de los vecinos.
Así, se estableció que de domingo a jueves los locales nocturnos podían vender alcohol hasta la 1.00, mientras que el fin de semana tenían autorización hasta las 2.00.
Otro argumento para aplicar la norma fue la falta de estacionamientos, lo que, según los vecinos, provoca incomodidades en algunos sector como la Avenida Padre Hurtado.
La ordenanza sólo alcanzó a aplicarse una semana, pues los propietarios de pubs, restoranes y discotecas recurrieron a los tribunales, que la paralizaron mientras estudiaban el fondo del tema.