SANTIAGO.- La Corte Suprema confirmó hoy las penas de 500 días de cárcel por cuasidelito de homicidio contra los responsables de un jardín infantil de Las Condes que asfixiaron a un lactante al colocar cinta adhesiva en la boca por sus llantos.
El tribunal máximo rechazó así los recursos de casación interpuestos en la investigación por la muerte del menor de seis meses, Sebastián Navarrete Velásquez, ocurrida en marzo de 2001, raíz de una asfixia provocada por una cinta adhesiva que fue colocada en su boca para evitar que continuara llorando.
En fallo unánime, los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller rechazaron las presentaciones del Servicio Nacional de Menores, la Junta Nacional de Jardines Infantiles, las defensas y los padres del menor.
La Corte de Apelaciones dictó condenas de 500 días de cárcel contra Roberto Rodríguez de Mendoza y Patricia Cabello Caro. En ambos casos se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena, quedando los condenados sujetos a la vigilancia de Gendarmería por el término de 500 días.
El fallo de la Corte Suprema sostiene que no se cumplen los requisitos establecidos por la ley para acceder al recurso de casación, debido a que los hechos y su calificación jurídica quedaron establecidos en las sentencias de primera y segunda instancia.