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Corte Suprema ordena a Fonasa otorgar cobertura por atención de urgencia en hospital privado

La Tercera Sala del máximo tribunal acogió el recurso de protección presentado por los garantes de una deuda de $12.008.665 contraída en el Hospital Clínico de la Universidad Católica.

09 de Diciembre de 2009 | 12:40 | Emol

SANTIAGO.- En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió que el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) debe otorgar cobertura y pagar las prestaciones de atención médica de urgencia a una mujer que el 18 de abril pasado ingresó al Hospital Clínico de la Universidad Católica.


Los ministros Adalis Oyarzún, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Roberto Jacob, acogieron el recurso de protección presentado por los garantes de una deuda de $12.008.665 contraída por la atención de Macarena Martínez Fariña.


La paciente permaneció internada en el recinto de salud privado hasta el 30 de abril, debido a un Púrpura Trombótico Trombocipénico (PTT) que finalmente le causó la muerte el 5 de mayo en el Hospital del Salvador.


El fallo determina que Fonasa incurrió en una conducta ilegal y arbitraria al negar la cobertura médica señalada.


En su resolución, los magistrados dejaron de manifiesto que "según la información contenida en la ficha denominada 'Ingreso Médico' expedida por los facultativos del Hospital Clínico de la Universidad Católica, la paciente presentaba 'compromiso de su estado general progresivo, náuseas y vómitos', lo que llevó (...) a la aplicación inmediata de técnicas y procedimientos médicos para lograr estabilizarla".


"Lo señalado permite tener por acreditada la gravedad de su condición de salud al momento de ser hospitalizada. En consecuencia, la recurrida al negar los beneficios que prevé la ley del ramo en la regulación de estas prestaciones médicas, ha incurrido en la actuación ilegal anotada en la sentencia apelada, afectando el patrimonio de los reclamantes que se ven obligados al pago de una suma cercana a los doce millones de pesos", añaden.


Junto con lo anterior, el máximo tribunal condenó también a Fonasa a cancelar los costos del proceso.

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