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Aprueban nueva Ley de Discapacidad que permitirá a alumnos dar el Simce y la PSU

Esa es una de las medidas aprobadas y que beneficiará a dos millones de chilenos que sufren algún grado de discapacidad.

16 de Diciembre de 2009 | 15:53 | Emol

VALPARAISO.- El Congreso Nacional aprobó hoy el proyecto que “Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad”, modificando la ley de 1994, y que posibilitará que los discapacitados pueden rendir la prueba Simce y la PSU.


Al término de la sesión en la Cámara de Diputados, donde el proyecto concluyó su tercer trámite constitucional, la ministra de Planificación, Paula Quintana, subrayó que la nuevga ley “permitirá avanzar en la igualdad de oportunidades, la inclusión social, la participación y accesibilidad de las personas con discapacidad, en todos los ámbitos del quehacer social, político y cultural del país”.


De acuerdo a estadísticas de Fonadis, en Chile más de dos millones de personas presentan algún tipo de discapacidad, lo que representa el 12,9% de la población total. De ellas, cerca de un millón tiene graves dificultades para realizar actividades esenciales de la vida diaria, como vestirse, desplazarse y superar las barreras que plantea el entorno.


Entre otros, la nueva legislación convierte en ley las siguientes acciones:


-Los medios de comunicación deberán utilizar subtitulado oculto y lengua de señas en campañas de servicio público, propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales.


-Los medicamentos, alimentos de uso médico y cosméticos deberán contar con rotulación en lenguaje Braille que informe el nombre del producto, fecha de elaboración y vencimiento.


-La totalidad de los medios de transporte público deberán realizar las modificaciones necesarias para asegurar el acceso de personas con discapacidad.


-Consagra el deber del ministerio de Educación de considerar a los alumnos con necesidades especiales en las mediciones de calidad de la educación como por ejemplo, el SIMCE y la PSU. Con este fin, se establece que la autoridad deberá disponer de las herramientas que permitan a estos estudiantes participar de dichos procesos.


-Todos los edificios de uso público existentes a la fecha de publicación de la Ley deberán ser accesibles para personas con discapacidad, dentro de un plazo de 3 años desde que se dicte su reglamento.


-Todos los procesos de selección para acceder a educación, capacitación o empleo deberán contar con exámenes adaptados para personas con discapacidad.


-El Ministerio de Vivienda deberá contemplar subsidios especiales para adquirir y habilitar viviendas destinadas a las personas con discapacidad.


-Los establecimientos educacionales deberán hacer las adecuaciones curriculares, en infraestructura y materiales de apoyo para el acceso y permanencia de las personas con discapacidad.


-En los procesos de selección de personal de la Administración del Estado y sus organismos, municipalidades, el Congreso Nacional, los órganos de la administración de justicia y el Ministerio Público, en igualdad de condiciones de mérito deberán seleccionar preferentemente a personas con discapacidad.

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