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Contraloría fiscalizará probidad administrativa de ministros pero a futuro

El organismo fijó una nueva forma de proceder ante posibles casos de intervención electoral, aunque no incluyó las situaciones denunciadas con anterioridad por la Alianza.

06 de Enero de 2010 | 15:08 | Emol
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El contralor Ramiro Mendoza espera sentar un precedente con el dictamen de hoy.

El Mercurio

SANTIAGO.- En medio de una nueva denuncia de intervención electoral y a tres meses de que la Alianza acudiera a la Contraloría para solicitar una investigación sobre la participación de ministros en la campaña de Eduardo Frei, el ente fiscalizador emitió un dictamen en el que establece una nueva forma de proceder en estos casos a futuro, pero no califica las actuaciones cuestionadas previamente.


Según la resolución, el organismo podrá fiscalizar la probidad administrativa de los secretarios de Estado, quienes tradicionalmente habían gozado de una suerte de "inmunidad" frente a la institución.


"La Contraloría General de la República, frente a eventuales infracciones que los Ministros de Estado, en el ejercicio de sus funciones, cometan contra las normas sobre probidad administrativa, se encuentra en el deber de pronunciarse acerca de la ilegalidad consiguiente de sus actuaciones u omisiones", señala el texto.


Sin embargo, puntualiza que "este criterio sólo resulta aplicable hacia el futuro, sin afectar los casos particulares ocurridos con anterioridad, de manera que no procede, en esta oportunidad, calificar las actuaciones denunciadas por los interesados".


De esta manera, queda sin efecto el argumento esgrimido por el Ejecutivo respecto a que los ministros no son funcionarios públicos, por lo que sus actuaciones exceden la competencia de la Contraloría.


Asimismo, el documento señala que cuando la Constitución previene que "el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones, es indudable que este deber alcanza a los Ministros de Estado".


La nueva disposición no va en contra de las facultades del Congreso para presentar una acusación constitucional en caso que lo estime pertinente. Se establece además que el organismo fiscalizador podrá ordenar la apertura de un procedimiento sumarial, en cuanto "medio formal de establecer hechos sujetos a una investigación" y luego, si es que el resultado de ésta arroja antecedentes que permitan "suponer la participación concreta de un Ministro de Estado (...) cabría remitir los antecedentes a la Cámara de Diputados para que ésta proceda como estime del caso".


El dictamen recuerda asimismo el instructivo emitido antes de la primera vuelta, el cual sostiene que los ministros de Estado, "en el desempeño de la función pública que ejercen (...) no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas, participar en reuniones o proclamaciones para tales fines, asociar la actividad del organismo respectivo con determinada candidatura, tendencia o partido político, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares con el mismo objeto".

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