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Corte: Empresas públicas no están obligadas a dar información adicional a particulares

En diciembre de 2009, Ciper solicitó información de un proceso de licitación a Polla Chilena de Beneficiencia, entidad que negó los datos.

30 de Julio de 2010 | 14:03 | Emol
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El Consejo de la Transparencia, presidido por Raúl Urrutia, había declarado inadmisible la presentación de acceso de información de la Polla Chilena de Beneficencia.

Héctor Flores, El Mercurio

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó hoy que las empresas públicas no están obligadas a entregar información adicional solicitada por particulares, principio conocido como transparencia pasiva.


En fallo unánime, los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada Mauricio Silva, Jessica González y la abogada integrante Claudia Chaimovich, rechazaron un reclamo de ilegalidad presentado por el Centro de Investigación Periodística (Ciper) en contra de una decisión del Consejo de la Transparencia que declaró inadmisible una presentación de acceso de información de la Polla Chilena de Beneficencia.


En diciembre de 2009, Ciper solicitó información de un proceso de licitación a la empresa que negó los datos. Ante esto, los periodistas acudieron al Consejo de la Transparencia, el que declaró inadmisible la demanda de acceso a la información.


Tras esta decisión, recurrieron ante la Corte de Apelaciones, la que ratificó el dictamen por considerar que las empresa públicas no se encuentran obligadas a la transparencia pasiva.


"El legislador, al crear el Consejo para la Transparencia, no le reconoció la función de garantizar el derecho de acceso a la información cuando fuera ejercido respecto de empresas del Estado", dice el fallo.


Y agrega que "ese órgano del Estado carece de facultad para otorgar derecho de acceso a la información que terceros interesados ejerzan respecto de empresas el Estado para solicitarles informes o antecedentes específicos relativos a su giro, de suerte que al resolver el aludido Consejo que carece de competencia en tal sentido, sobre la solicitud que el reclamante formuló a Polla Chilena de Beneficencia S.A., no incurrió en la ilegalidad denunciada".