El crimen del químico Eugenio Berríos ocurrió en Uruguay en 1992, pero su cadáver fue descubierto tres años después del hecho, en la playa ''El Pinar'' de ese país.
Programa de TVNSANTIAGO.- El ministro de la Corte de Apelaciones, Alejandro Madrid, dictó 14 condenas en primera instancia por el secuestro y asesinato del químico de la ex Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Eugenio Berríos.
La mayor pena recayó en el mayor (r) Arturo Rodrigo Silva Valdés, quien recibió una condena de 10 años y un día por el secuestro con homicidio del profesional, más 3 años y un día por asociación ilícita.
El general (r) Hernán Ramírez Rurange recibió 5 años y un día por el secuestro, y 3 años y un día por asociación ilícita.
Las condenas implican tanto a ciudadanos chilenos como a tres militares uruguayos. Éstos últimos son Tomás Casella Santos (8 años en total), Eduardo Radaelli Copolla (5 años) y Wellington Sarli Pose (3 años y un día).
Aunque el crimen de Berríos ocurrió en Uruguay en 1992, su cadáver fue descubierto tres años después del hecho, en la playa "El Pinar" de ese país.
El magistrado estableció en la investigación que se pretendió ocultar a Eugenio Berríos, para evitar que éste declarara en la investigación por el homicidio del ex canciller Orlando Letelier.
En el aspecto civil, se determinó que los condenados por el caso Berríos deben pagar cada uno $10 millones de pesos a la querellante Fabiola Letelier del Solar (hermana de Orlando Letelier), quien además recibirá otros $100 millones de parte del fisco a título de indemnización por daño moral.
En tanto, a la esposa del químico, Gladys Schmeisser, se le deben cancelar $100 millones de manera solidaria y otros $200 millones de parte del Fisco.
Los sentenciados aún pueden apelar ante una segunda instancia en la Corte de Apelaciones y, luego ante la Corte Suprema.
Organización paralela
De acuerdo a la sentencia, el juez Madrid estableció que el secuestro con homicidio de Berríos se desarrolló mediante una operación desarrollada entre los años 1991 a 1993, por personal militar "en servicio activo de los Ejércitos de Chile y Uruguay durante un período de plena vigencia del orden constitucional".
Los uniformados chilenos "apartándose de las funciones propias de sus cargos", formaron una organización paralela a la estructura regular de su ejército con conexiones extranjeras "para dar refugio y sustraer de la acción de la justicia" en países vecinos a militares procesados por diferentes delitos.
Arturo Silva Valdés (10 años y un día como autor de secuestro con homicidio y 3 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios).
Hernán Ramírez Rurange (5 años y un día por secuestro, 3 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios).
Eugenio Covarrubias Valenzuela (3 años y un día por secuestro, y 541 días por asociación ilícita. Beneficio de libertad vigilada).
Jaime Torres Gacitúa (5 años y un día por secuestro y 3 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios).
Manuel Provis Carrasco (5 años y un día por secuestro y 3 años y un día asociación ilícita. Sin beneficios).
Pablo Rodríguez Márquez (3 años y un día por secuestro, y 60 días por asociación ilícita. Beneficio de la libertad vigilada).
Raúl Lillo Gutiérrez (5 años y un día por secuestro, 100 días por asociación ilícita. Sin beneficios).
Manuel Pérez Santillán (3 años y un día por complicidad en el secuestro. Beneficio de la libertad vigilada).
Tomás Casella Santos (militar uruguayo, 5 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 3 años y un día asociación ilícita. Sin beneficios).
Eduardo Radaelli Copolla (militar uruguayo. 5años y un día por secuestro y 61 días por asociación ilícita Sin beneficios).
Wellington Sarli Pose (militar uruguayo, 3 años y un día por secuestro y 60 días por asociación ilícita. Beneficio de la libertad vigilada).
Marcelo Sandoval Durán (3 años y un día por secuestro. Beneficio de la libertad vigilada).
Nelson Román Vargas (3 años y un día por secuestro, y 60 días por asociación ilícita
Fernando Torres Silva (3 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios).
Fueron absueltos: Enrique Ibarra Chamorro, Mario Cisternas Orellana, Nelson Hernández Franco, Erika Silva Morales y Emilio Rojas Gómez