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Servicio de Salud deberá indemnizar al hijo de una mujer que murió en el parto

La Corte Suprema determinó que el Hospital Barros Luco no la atendió de manera oportuna, por lo que el Servicio Metropolitano Sur deberá pagarle $50 millones al menor por daño moral.

14 de Octubre de 2010 | 15:03 | Emol
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La mujer murió el 20 de septiembre de 1999 tras dar a luz a su hijo en el Hospital Barros Luco.

Harold Castillo, El Mercurio

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó que el Servicio de Salud Metropolitano Sur debe cancelar una indemnización de $50 millones al hijo de Ana Sandoval Guajardo, quien murió mientras lo daba a luz en el Hospital Barros Luco, en 1999.


En decisión unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación contra el fallo del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, que condenó al servicio a indemnizar por daño moral al hijo de Ana, Claudio Catrileo.


La mujer murió el 20 de septiembre de 1999 a causa de las complicaciones derivadas del parto en que nació el menor.


El fallo de la Suprema sostiene que el hospital actuó "en forma deficiente" y que el retardo en las atenciones a la paciente agravó su estado de salud. En este contexto, al Servicio de Salud Metropolitano Sur le cabe responsabilidad en el hecho por “falta de servicio”.


“El recinto hospitalario no observó el cuidado debido y, más aún, se actuó en forma deficiente, siendo exigible un estándar medio a un hospital de similares características, que debe contar con profesionales, dependencias y procedimientos”, señala la resolución del Cuarto Juzgado, que fue ratificada por el máximo tribunal.


El dictamen añade que “el retardo en las prestaciones realizadas a la paciente no hicieron más que agravar el estado de salud de la misma y, de haberse adoptado, habrían permitido prever un posible resultado de daños para ésta, por lo que debieron adoptar las medidas necesarias a fin de evitarlo”.