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Corte Suprema condena a colegio por heridas que una alumna sufrió al hacer un experimento

El recinto educacional de Las Condes deberá pagar $ 25 millones a la madre de la afectada.

08 de Noviembre de 2010 | 13:15 | Emol
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La Justicia resolvió que el recinto educacional es responsable del accidente ''por no contar con los elementos mínimos e indispensables para ejecutar experimentos, y de los necesarios para sofocar un incendio''.

Archivo El Mercurio

SANTIAGO.- Veinticinco millones de pesos deberá pagar el Colegio Pedro de Valdivia de Las Condes a una apoderada, luego que este lunes la Cuarta Sala de la Corte Suprema fallara a favor de una menor que hace tres años sufrió un accidente mientras realizaba un experimento en una clase de Química.


En fallo unánime, los ministros Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa María Maggi, Rosa Egnem y Roberto Jacob rechazaron el recurso de casación presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y del 16° Juzgado Civil, que condenó al establecimiento a pagar una indemnización a la madre de la joven afectada, Jéssica Tabilo Álvarez.


El caso se produjo el 16 de octubre de 2007, cuando la estudiante de Enseñanza Media sufrió distintas quemaduras en la mano izquierda y el muslo derecho debido a la inflamación de su ropa durante un experimento. Debido a la gravedad de las heridas, la adolescente estuvo hospitalizada por más de 20 días.


El fallo de primera instancia del 16° Sexto Juzgado Civil estableció la responsabilidad del colegio por la negligencia en su actuar, al no otorgar las normas de cuidado en la realización del mencionado trabajo. Asimismo, fijó una indemnización por daño moral equivalente a tres millones de pesos.


Posteriormente, el monto fue aumentando por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, al determinar que el daño provocado a la joven afectó seriamente su vida.


En el fallo de hoy, los magistrados de la Suprema indicaron que el recinto educacional es responsable del accidente "por no contar el laboratorio de Química con los elementos mínimos e indispensables para ejecutar experimentos, y de los necesarios para sofocar en forma rápida y oportuna un incendio (agua en suficiente cantidad y mantas o frazadas); y por no disponer o exigir a los alumnos el uso de vestimentas apropiadas para la realización de experimentos (delantales no inflamables, etc.)".


En ese sentido, Andrés Erbetta, abogado del Colegio Pedro de Valdivia, indicó que "en el proceso civil la demanda original por doscientos diecisiete millones de pesos en contra del colegio interpuesta por parte de familiares de la alumna, los tribunales estimaron reducirla solo a los mencionados veinticinco millones".


"Finalmente queremos afirmar que el colegio en ningún caso ha infringido disposiciones que puedan haber atentado en contra de la seguridad de nuestros alumnos", agregó.


La Corte Suprema confirmó que establecimiento educacional debe cancelar la suma de $25.000.000 () como indemnización por daño moral a la madre de una joven que sufrió un accidente mientras se realizaba un experimento en una clase de química.