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Corte de Puerto Montt ordena a centro asistencial indemnizar a enfermera por acoso sexual

La enfermera recibirá siete millones de pesos por daño moral, entre otros conceptos.

29 de Noviembre de 2010 | 14:56 | UPI

PUERTO MONTT.- Por tres votos contra cero, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt condenó a un centro asistencial a pagar una indemnización por daño moral a una mujer que sufrió acoso sexual en su lugar de trabajo, lo que obligó su salida de la empresa.

En su fallo, los ministros María Teresa Torres, Hernán Crisosto y el abogado integrante Juan Silva determinaron que el Instituto de Seguridad del Trabajo debe reparar económicamente a la víctima, Ximena Villarroel Carrizo.

Según los antecedentes de la causa, la mujer que se desempeña como enfermera en el recinto asistencial de la capital regional y sufrió conductas de acoso sexual de parte del médico Álvaro Escobar, lo que motivó su despido indirecto del mencionado recinto.

El fallo del tribunal de alzada reemplaza la resolución del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, que había rechazado la demanda por acoso sexual y, en cambio, determina que el despido de la enfermera fue injustificado por lo que ordena una serie de pagos indemnizatorios.

El monto total se desglosa en $1.117.893 por indemnización de aviso previo; otros $3.353.679 por indemnización por años de servicios; así como $2.682.943 por aumento en un 80% de indemnización por años de servicios; $2.347.549 por concepto de vacaciones proporcionales; y $7.000.000 por concepto de daño moral.

Respecto de la indemnización por daño moral en el caso de acoso sexual, los ministros del tribunal de alzada consideran que no se requiere plena prueba -como sí lo argumentaba el fallo de primera instancia- para comprobar la conducta, ya que estas generalmente ocurren dentro del ámbito privado por lo que no hay pruebas directas de los mismos.

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