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Condenan a distribuidora por no poner en cajetillas la advertencia sobre riesgos de fumar

La Corte Suprema ordenó pagar casi cuatro millones de pesos a la dueña de la empresa, ubicada en la zona Franca de Punta Arenas.

31 de Diciembre de 2010 | 13:06 | Agencias
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Manuel Herrera, El Mercurio.

SANTIAGO.- La Tercera Sala de la Corte Suprema condenó a una empresa distribuidora de tabacos por no publicar en las cajetillas de cigarrillos la publicidad de advertencia sobre los riesgos de fumar.


El máximo tribunal del país ordenó pagar a la empresaria Berta Ehrmantraut Córdova, de la zona Franca de Punta Arenas, la suma de $3.798.105 por violar las restricciones publicitarias de la Ley del Tabaco.


Los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Benito Mauriz, rechazaron unánimemente el recurso de casación presentado por la mujer y determinaron que la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud de la Región de Magallanes actuó de acuerdo a sus facultades al aplicar la multa a la importadora, por no respetar las normas de los etiquetados.


Según consta en el fallo, los funcionarios de la mencionada repartición visitaron el local en marzo pasado "y constataron que en él se exhibían para distribución y venta  productos hechos con tabaco, consistentes en cartones de cigarros, puros y tabaco para pipas que no contaban con las advertencias dispuestas por la ley, o lo hacían de una forma distinta de la ordenada por ésta, sin cumplir con las dimensiones o escrituración exigidas".


La resolución asegura además que los dueños de importadoras y tabacaleras están obligados, incluso, a disponer de la publicidad de advertencia en los productos que no son nacionales o en cajas de puros y habanos.

“Que es un hecho establecido en la causa e inamovible para este tribunal de casación que

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