SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por tres jóvenes que fueron suspendidas por la Federación de Hockey y Patinaje por no pagar las cuotas para participar en las actividades deportivas de dicha organización.
En fallo dividido, el tribunal de alzada capitalino acogió los argumentos presentados por Enzo Cáceres Arenas a favor de su tres hijas excluídas de toda competencia deportiva organizada por dicha federación.
Las tres hijas del recurrente fueron sancionadas con la no participación de las actividades deportivas de la Federación de Hockey y Patinaje por -supuestamente- no pagar las cuotas sociales. Las jóvenes expusieron que se encontraban becadas por lo tanto no correspondía el pago de cuotas, entonces la sanción era arbitraria.
La resolución si bien reconoce que se puede aplicar la sanción de acuerdo a los reglamentos de la agrupación deportiva, asegura que la medida va contra la Ley del Deporte al privar a las jóvenes de seguir un desarrollo destacado en la mencionada disciplina.
"La circunstancia que en un primer nivel se haya incurrido en el no pago de alguna matricula o derechos no ha autorizado al ente recurrido para poner término a la participación de las reclamantes. Primero, porque no aparece probado que efectivamente las recurrentes hayan incurrido en el no pago, y, en segundo término, porque, habiendo estas últimas invocado el haber sido agraciadas con una beca, ha de presumirse la veracidad de tal afirmación mientras no conste lo contrario", dice el fallo.