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Corte de Apelaciones rechaza cerrar pabellones de la Posta Central por bacteria

La justicia adoptó la decisión luego que el subsecretario de redes asistenciales asegurara que no existe una amenaza real para los pacientes y que la Clostridium Difficile no está fuera de control.

13 de Junio de 2012 | 13:01 | UPI
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José Alvújar, El Mercurio.

SANTIAGO.- La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra de las autoridades de salud por el brote infeccioso de dos bacterias en la Posta Central.


De forma unánime, se rechazó la acción cautelar interpuesta por los médicos y diputados Juan Luis Castro (PS) y Marco Antonio Núñez por el contagio de 23 pacientes y el riesgo de infeccioso para otros 29 hospitalizados en la Asistencia Pública santiaguina por el brote de las bacterias Clostridium Difficile y Acynetobacter Baumanni Multiresistente a partir del 1 de febrero pasado.


Los facultativos y legisladores reclamaban el derecho constitucional de los enfermos por su integridad física e impugnaban la labor realizada por el Subsecretario de Redes Asistenciales, doctor Luis Castillos, la Seremi de Salud Metropolitana, doctora Rosa Oyarce y el director del Servicio de Salud Metropolitano Central, doctor Nibaldo Mora.


Sin embargo, los jueces aseguran en su fallo que "la acción de cautela impetrada requiere de un sujeto pasivo amenazado, perturbado o privado del legítimo ejercicio de un derecho protegido constitucionalmente y en la planteada, al no encontrarse los paciente en dicha situación no se vulnera ninguna de las garantías en que se la fundamenta"


Los magistrados aseguran que el subsecretario Castillo informó que "no hay antecedente alguno que signifique una amenaza real y fuera de control a la salud de los pacientes a favor de quienes se intenta la acción constitucional; muy por el contrario, de la relación circunstanciada de las medidas para el manejo de la infección al interior del recinto hospitalario da cuenta, por su evolución, de una adecuada reacción a las bacterias, según consta de la información agregada" dice la sentencia.

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