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Corte Suprema ratifica que Aaron Vásquez debe pagar indemnización a padres de su víctima

El máximo tribunal determinó que sólo el joven es responsable del pago de los 150 millones de pesos, liberando de la condena a sus progenitores.

24 de Agosto de 2012 | 12:53 | Emol
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En la imagen se ve a Aaron Vásquez en una de las audiencias.

El Mercurio

SANTIAGO.- La Corte Suprema determinó que Aarón Vásquez -y no sus padres- debe responder civilmente por el homicidio de Alejandro Inostroza Villarroel, ilícito perpetrado el 28 de octubre de 2006, en Santiago, y por el cual fue condenado por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.


En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado por los padres de Aarón Vásquez Muñoz en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había determinado que eran solidariamente responsables de pagar más de 150 millones de pesos.


La sentencia determina que no es posible hacer responsables de las indemnizaciones civiles a los padres del entonces menor, cuando éstos no han sido parte del proceso penal y, además, el joven ha cumplido la mayoría de edad.


En el fallo, la sala sostiene que "no es posible, en caso alguno, demandar en sede penal a terceros que no han participado en el delito por una eventual responsabilidad civil", y añade que "cuando en se entabló la acción civil en contra del autor del delito, éste ya era mayor de edad y, por lo mismo, se había emancipado".


La Primera Sala estuvo integrada por  Nibaldo Segura, Juan Araya, Guillermo Silva, Juan Eduardo Fuentes y el abogado integrante Raúl Lecaros.

La sentencia de primera instancia

El 30 de octubre de 2007, el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Aarón David Vásquez Muñoz a sufrir la pena de siete años de internación en régimen cerrado, con programa de reinserción social, por su responsabilidad de autor del delito de homicidio calificado de Alejandro Inostroza Villarroel, ocurrido el 28 de octubre de 2006, y el pago de una indemnización de $150.000.0000 (ciento cincuenta millones de pesos) por daño moral y $775.000 (setecientos setenta y cinco mil pesos) por daño emergente a los padres de la víctima.

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