SANTIAGO.- La Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado por el sacerdote Raúl Hasbún en contra de un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó el pago de indemnización en su favor, a raíz de la publicación de un reportaje en el diario "La Nación Domingo".
En fallo unánime, los ministros de la Cuarta Sala Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa Egnem y los abogados integrantes Arturo Prado y Virginia Halpern, concluyeron que el dictamen adoptado en su entonces por la 9ª Sala del tribunal de alzada respetó la ley.
Según los magistrados, la acción civil superó los cuatro años establecidos para el hecho, ya que la publicación ocurrió el 5 de diciembre de 2004, y la fecha de la notificación de la demanda fue recién el 9 de diciembre de 2008.
"Si bien es la existencia del daño lo que determina el momento en que nace la obligación indemnizatoria y, por tanto, el interés de la víctima para accionar, en el caso de autos ese desfase entre el hecho imputado y el perjuicio, no se invoca y, en todo caso, no se presenta ni se advierte del mérito de los antecedentes", afirma el dictamen.
En esa línea, agrega que "la sola circunstancia de que se trate de un suplemento, reportaje periodístico, que se publica semana a semana en conjunto con el diario del día domingo, no altera lo antes concluido, pues la acción estaba disponible para los perjudicados desde el día mismo de la publicación (...) sin que los actores hayan invocado en su favor razones objetivas y ajenas a su responsabilidad para concluir que no estaban en condiciones de conocer el hecho culposo o doloso que imputan".
"Encontrándose prescrita la acción resarcitoria intentada, improcedente resulta hacer consideraciones sobre el fondo del conflicto jurídico planteado, sin perjuicio de dejar asentados los hechos de los razonamientos del fallo de primer grado que se mantienen", concluye el fallo en segunda instancia.