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Hasta el 23 de enero se puede ejercer el derecho a retracto para la educación superior

Este lunes comienza este proceso, donde los alumnos de primer año podrán desistir de la matrícula contraída con una institución para inscribirse en otra.

14 de Enero de 2013 | 14:59 | Emol
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Héctor Yáñez, El Mercurio

SANTIAGO.- El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y el Instituto Nacional de la Juventud (Injuv), recordaron a los estudiantes de primer año de educación superior que hoy 14 de enero comienza a regir el derecho a retracto, cuyo plazo se extiende hasta el próximo miércoles 23.


Esto comienza una vez que se completa la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, y permite a los estudiantes que ingresan a primer año desistir de los contratos educacionales por una segunda matrícula.


El retracto es aplicable a todas las instituciones de educación superior: universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, independiente en cuál de ellas se haya producido la primera o segunda matrícula.


De esta forma, los jóvenes que se matricularon en uno de estos establecimientos, pueden desistir dentro de los 10 días corridos, exhibiendo el comprobante de una segunda matrícula. Este derecho se aplica aunque los estudiantes se hayan inscrito "en verde" o con meses de anterioridad a la publicación de las postulaciones a las universidades.


Esto significa que el establecimiento no puede cobrar por los servicios que no prestó y debe devolver lo pagado por la matrícula y documentación que respalda el pago del año.


De esta manera, la institución sólo podrá retener de la matrícula, hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración, siempre y cuando la institución haya realizado ese gasto y lo acredite. 


Asimismo, mientras esté vigente el plazo de retracto, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido: no pueden endosarlos o darlos en garantía. Tampoco pueden entregarlos en comisión de cobranza. Deben retenerlos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto y le deban ser restituidos.


Asimismo, Sernac explicó que toda la información entregada, así como las condiciones objetivas difundidas a través de la publicidad (infraestructura, bibliotecas, acreditación, años de existencia), son exigibles como parte del contrato, según lo indica la Ley del Consumidor.


El Director del Sernac, José Tomás Ossa, señaló que "no hay que dejarse llevar sólo por promesas publicitarias como 'primera en el país', 'la mejor universidad', 'acreditada', sin corroborar la información y exigir todas las condiciones ofrecidas por escrito".


Ossa recordó que el Sernac les pidió los contratos a las 38 instituciones de educación superior más reclamadas en el organismo, que deberán firmar los alumnos que ingresan este año 2013, con el propósito de revisarlos y detectar la posible existencia de cláusulas abusivas.

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