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Caso Apoquindo: Sentencian a pareja de auxiliares a penas de 15 y 11 años

Ambos fueron declarados culpables de los delitos de abuso sexual y violación respecto de cinco alumnos de Play Group del recinto de Lo Barnechea. Margarita Villegas recibió la pena más alta.

30 de Diciembre de 2013 | 14:46 | Por Andrea González Schmessame, Emol
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Esteban Moya y Margarita Villegas.

Luciano Riquelme, El Mercurio

SANTIAGO.- A un total de 26 años de cárcel fue sentenciada este lunes la ex pareja de auxiliares del Colegio Apoquindo declarada culpable de los delitos de abuso sexual y violación respecto de cinco alumnos de Play Group del recinto de Lo Barnechea.


Según detalla el dictamen dado a conocer este lunes por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal, Margarita Villegas fue condenada a una pena de 15 años de presidio por dos violaciones y un abuso sexual reiterado, mientras que su marido, Esteban Moya, recibió una pena de 11 años de presidio por dos violaciones y un delito de abuso sexual.


Ambos castigos sólo serán concretados una vez que el fallo esté firme tras discutir una posibile nulidad del juicio, ya que según ha adelantó la defensa, recurrirá a dicho recurso con la intención de dejar sin efecto la resolución que el pasado 28 de noviembre declaró culpables a los trabajadores, quienes hoy escucharon sus penas vistiendo poleras blancas con la frase "somos inocentes".


Veredicto


El veredicto del Tercer Tribunal Oral en Lo Penal -luego de 4 meses de juicio- acreditó los hechos por los que acusó la Fiscalía Oriente en base a los informes del Centro de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales (Cavas), del Servicio Médico Legal (SML) y de los peritos del Ministerio Público.


Según se estableció en el dictamen, Villegas era quien llevaba a los menores hasta su casa -ubicada al interior del colegio- para que Moya concretara los ultrajes.


De acogerse el recurso de nulidad, se invalidaría el juicio que declaró culpables a los trabajadores, quienes permanecen en prisión preventiva desde el 1 de julio de 2012.


Lo anterior, obligaría a la realización de un nuevo proceso judicial en contra de los dos acusados, pero con las mismas pruebas ofrecidas en el primero.


Esto sólo podrá repetirse una vez más si la parte acusadora recurre al mismo libelo tras un segundo juicio, siendo la tercera instancia la definitiva.


En tanto, de ser rechazada la acción interpuesta por las defensas, se ratificaría la sentencia del tribunal entregada esta tarde.

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