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Corte ordena a la FACh entregar la información sobre compra de drones

Tribunal consideró que dicha orden no vulnera las normas sobre secreto o reserva ni afecta la seguridad nacional.

10 de Septiembre de 2014 | 13:22 | Emol

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de reclamación por ilegalidad presentado en contra de una decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó a la Fuerza Aérea de Chile (FACH) entregar información sobre el monto invertido por la institución en la compra de aeronaves no tripuladas.


En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada rechazó la reclamación presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación de la FACH, contra la determinación que ordenó entregar la información.


La decisión de la Octava Sala consideró que dicha orden no vulnera las normas sobre secreto o reserva ni afecta la seguridad nacional, al disponer solo la entrega del monto global invertido, entre 2010 y noviembre 2013, en la adquisición, pero no la cantidad ni las características técnicas de las aeronaves.


"Que el estudio de la normativa que corresponde aplicar en la especie, hace ver que en el caso en estudio la reserva o secreto de la información no es aplicable en lo que dice relación con el costo total invertido en la adquisición de las aeronaves, ya que, a juicio de esta magistratura, ese monto global impide la cabal determinación o precisión acerca del número de aeronaves adquiridas por la Fuerza Aérea de Chile o las características técnicas de las mismas, de suerte que en la revelación de ese sólo antecedente no se aprecia por estos jueces una eventual afectación a la seguridad nacional", sostiene el fallo.


La resolución agrega que "no se divisa el vicio de ilegalidad pergeñado por la Fuerza Aérea recurrente, toda vez que el dictamen cuestionado ha sido cabalmente fundado y motivado, tanto en lo fáctico como en lo jurídico y porque, a juicio de esta magistratura judicial, resulta indubitado que no procede el secreto o reserva del antecedente que debe revelarse de acuerdo al pronunciamiento objetado de ilegalidad".


Además se determina que los argumentos entregados por el CDE "constituyen su propia apreciación de los hechos, que resulta reluctante o antagónica con la apreciación de la autoridad administrativa acerca de las mismas cuestiones, asunto propio de un recurso de enmienda o revocatorio y que no se vincula con alegaciones de ilegalidad, como es la materia que corresponde dilucidar ahora a estos jueces".

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