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UE logró acuerdo sobre protección derechos de autor en Internet

El acuerdo consiste en que, básicamente, los titulares de los derechos de autor no podrán exigir una compensación económica cuando se considere que no han sido perjudicados por la difusión de sus obras, según dijeron fuentes comunitarias.

07 de Junio de 2000 | 15:52 | EFE
BRUSELAS.- Los Estados miembros de la Unión Europea (UE) alcanzaron hoy, miércoles, en Bruselas un acuerdo sobre la propuesta de ley para la protección de los derechos de autor de obras difundidas a través de Internet y por otros canales de la "sociedad de la información".

Los representantes permanentes de los países de la UE en la capital belga lograron salvar las diferencias que anteriormente impidieron llegar a un acuerdo sobre el asunto durante el último Consejo de Ministros de Mercado Interior, según manifestaron fuentes diplomáticas.

El acuerdo consiste básicamente, y a falta de una redacción definitiva del texto que será formalmente aprobado esta misma semana, en que los titulares de los derechos de autor no podrán exigir una compensación económica cuando se considere que no han sido perjudicados por la difusión de sus obras, según dijeron fuentes comunitarias.

Precisamente ese era uno de los puntos claves para llegar a un acuerdo, pues algunos Estados insistieron en que se garantizara una compensación a los autores por la difusión de su creación por Internet y otros medios.

Sin embargo, el compromiso alcanzado por otro lado reconoce en beneficio de la protección de los derechos de los autores que los Estados no podrán actuar para impedir que en la práctica aquellos limiten el número de copias digitales privadas que se puedan hacer.

Las asociaciones de defensa de los derechos de los autores insistieron en que se garantizara que estos pudieran mantener los dispositivos técnicos que impiden que se hagan copias digitales ilimitadas para uso privado.

Este punto tiene relación, por ejemplo, con las copias que los internautas pueden hacer de música o imágenes desde la red, donde han proliferado en los últimos tiempos las páginas donde en la práctica se hacía posible una copia ilimitada de obras.

Efectivamente, las principales diferencias estribaban antes de este compromiso en el nivel de protección de los derechos de los autores, las condiciones en las que se permitirá el levantamiento de medidas técnicas que impiden copiar digitalmente sus obras para uso privado y la garantía de que percibirán compensaciones económicas por renunciar a esas medidas.

La directiva tendrá consecuencias tanto en las difusión de obras por Internet como a través de otros medios de la nueva "sociedad de la información", con los nuevos soportes como los DVD (videodiscos digitales).

España, que se oponía a la propuesta de compromiso de la presidencia de turno portuguesa de la UE, anunció en aquel consejo de ministros el levantamiento de sus reservas por considerar que ya se había avanzado a favor de la protección de los derechos de autor, mientras que otros países, como Francia, mantuvieron las suyas.

El proyecto de directiva (ley) establece el principio general de protección de esos derechos, fuente de importantes ingresos para los autores, las asociaciones de éstos y la industria discográfica.

El problema se planteó por la garantía que exigían algunos países de que el permiso para que en algunos casos se permita copiar obras -para su difusión en hospitales y cárceles, por ejemplo- se viera acompañado de la garantía de que sus autores percibirían una compensación económica por renunciar a limitar su propagación.

Frente al bloque de países defensores de los derechos de los autores -España, Francia, Bélgica e Italia- se pusieron los que insistieron en que es prioritario el libre acceso a las obras difundidas a través de los medios de la sociedad de la información.

Estos Estados, con el Reino Unido al frente, pusieron el énfasis en el derecho de los consumidores en un entorno de creciente difusión de obras de creación de todo tipo a través de los nuevos medios de comunicación.
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