Continúa la polémica por las elecciones en la Federación de Tenis. Hace un mes, Milovan Kegevic se impuso a Juan Bugueño y se convirtió en el nuevo presidente de la organización. Sin embargo, este jueves 16 de julio la Comisión de Elecciones de la Federación dejó sin efecto la proclamación y estableció que Kegevic está inhabilitado para ejercer el cargo.
Después de que Kegevic fue elegido, sus opositores impugnaron la elección apuntando a los antecedentes judiciales del viñamarino, quien ha sido acusado de apropiación indebida de unos terrenos en Villa Alemana, falsificación de firma y además enfrentó una denuncia por violencia intrafamiliar.
Los directores Cristóbal O'Ryan, Francisco Puelma, María Eugenia Fernández e Iván Navarro presentaron sus renuncias por diferencias irreconciliables con el nuevo timonel. Otra persona no pudo integrarse al directorio al contar con una condena penal.
El lío siguió escalando. Kegevic y Valentina Marín, electa secretaria general, habrían entregado documentación falsa al inscribir sus candidaturas. Concretamente, presentaron títulos obtenidos en la Universidad Bolivariana que generaron dudas entre los denunciantes.
La Comisión de Elecciones de la Federación de Tenis, en la resolución difundida en esta jornada, certificó de "manera categórica" que ni Kegevic ni Marín están en los registros de la mencionada casa de estudios.
"El mérito de los nuevos antecedentes documentales, en especial: Oficio ORD N° 03/2026 de fecha 13 de julio de 2026, emitido por el Secretario General de la Universidad Bolivariana, el cual certifica de manera categórica que don Milovan Andro Pablo Kegevic Bustamante y doña Valentina Javiera Marín Herrera 'no figuran en los registros académicos e históricos de esta Universidad Bolivariana' y que ninguno 'ostenta la calidad de titulados o graduados de esta Universidad Bolivariana'; y lo indicado por el Oficio N°6/3995 de fecha 07 de julio del 2026, de la Subsecretaría de Educación Superior, que en directa relación con el oficio recién citado, indica entre otras consideraciones: Que, la emisión de certificados académicos y de títulos por parte de las instituciones de educación superior constituye una función que se ejerce en el marco de su autonomía académica y administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 21.091 sobre educación superior", manifestó.
En ese punto, la Comisión profundizó y expresó: "La presentación concertada de un título profesional cuya emisión ha sido formalmente desconocida y descartada por la casa de estudios respectiva, y la consecuente simulación de una condición académica inexistente ante este órgano encargado de la fe pública electoral, constituye una violación flagrante al principio de la buena fe objetiva. En el mismo sentido, bajo el principio general del derecho que prescribe que el dolo o engaño lo corrompe todo, la incorporación deliberada de un antecedente falso vicia de nulidad el expediente de postulación en su integridad".
Siguiendo en esa línea, en la resolución se mencionó una "incompatibilidad con los estándares de la Ley del Deporte" y que "la Ley N° 19.712 no solo fija requisitos técnicos, sino que tutela la probidad y la idoneidad moral de quienes administrarán una organización deportiva. Validar la postulación de un candidato que introdujo documentación falsa en el proceso electoral - pretendiendo ampararse de forma reactiva en una vía alternativa - atentaría contra la fe pública de los procesos eleccionarios organizados bajo el amparo de la ley. El engaño acreditado en los antecedentes académicos principales, constituye una tacha de idoneidad y una inhabilidad insubsanable que invalida el derecho a ser proclamado".
La Comisión de Elecciones resolvió: "Se decreta como medida provisional e inmediata, la suspensión de los efectos de la proclamación contenida en el acta n°4 de fecha 6 de junio de 2026, respecto de Don Milovan Andro Pablo Kegevic Bustamante y doña Valentina Javiera Martín Herrera".
"Acoger en el fondo la impugnación deducida, declarándose que don Milovan Kegevic y doña Valentina Martín, se encuentran afectados a la inhabilidad definitiva y sobreviniente para ejercer los cargos de directores de la Federación Deportiva Nacional de Tenis de Chile, por no cumplir con las exigencias de idoneidad, legalidad y probidad establecidas".
"Dejar sin efecto, de manera definitiva, la proclamación efectuada mediante acta n°4 de fecha 6 de junio de 2025, únicamente en lo relativo a los señores Milovan Kegevic Bustamante y Valentina Marín Herrera, quedando vacantes los cargos de Presidente y Secretaria General. En este punto, se deja constancia de que dichas vacancias se suman a las ya producidas por la inhabilitación de la directora electa, doña María Lorena Escobar López y por las renuncias expresas, del vicepresidente, don Iván Navarro Flores y de los directores, doña Eugenia Fernández Ibarra, don Cristóbal O'Ryan Kantor y don Francisco Puelma Dunner".
El directorio no puede funcionar en este momento, ya que cuenta con solo dos directores hábiles en ejercicio.
La resolución del Comité de Elecciones fue enviada al al Instituto Nacional del Deportes (IND), a la Subsecretaría del Deporte y al Comité Olímpico de Chile y se informó a las Asociaciones vigentes: 'Que, ante la imposibilidad del Directorio para sesionar y convocar a actos orgánicos, queda a salvo su derecho de ponderar y activar los mecanismos estatutarios de autoconvocatoria previstos en el artículo décimo octavo de los Estatutos de la Federación, a fin de regularizar la gobernanza de la institución mediante un nuevo proceso electoral, que se haga cargo de las vacancias indicadas o adopte, en su caso, si soberanamente así lo resuelve la asamblea, otro u otros acuerdos en este sentido".