Los titulares deben entregarle a la SCD la facultad de administrar los repertorios.
Santa Rita
SANTIAGO.- En 1987 se creó la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD) por los propios autores y artistas para administrar los derechos de propiedad intelectual generados por la música. Desde entonces la entidad se encarga de administrar el repertorio nacional, bajo la ley que protege la misma.
Desde ese entonces, el organismo se ha encargado de distribuir los ingresos entre los nueve mil músicos chilenos inscritos, monto que depende de la recaudación de derechos que se tenga, tanto de músicos, como autores, compositores y editores, y derechos conexos.
Según la Ley de Propiedad Intelectual, las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor pueden reservar hasta un 30% de lo recaudado para cubrir sus gastos de administración. Sin embargo, desde 2014, la SCD bajó el porcentaje para destinarlo a beneficios sociales de sus miembros.
El sistema de pago siempre ha creado confusión entre los músicos, y nuevamente generó ruido, luego de que Álvaro Scaramelli, presidente de la SCD anunciara que se realizará una auditoría para determinar si existen anomalías en sus millonarios ingresos.
¿Cómo funciona el sistema de pago?
Los ingresos se distribuyen de acuerdo al uso de la canción. Es decir, se realiza de acuerdo al uso efectivo de las obras en los diferentes medios de difusión, como radios, televisión, cines y recitales, además de bares y restaurantes.
Como es difícil monitorear los derechos de sus canciones, los titulares deben entregarle a la SCD la facultad de administrar los repertorios.
El monto recaudado dependerá de cuatro puntos:
cuánto se obtuvo, cuáles fueron las obras usadas, quiénes fueron los titulares de derechos y el porcentaje que le corresponde a cada uno.
Mientras que la distribución de lo ganado dependerá de cómo haya sido el uso de la obra. En caso de concierto, se determina por lo generado en los recitales y las canciones que se tocaron. En tanto, en otros medios de difusión, se debe mostrar estadísticas que muestren la distribución que han tenido.
Por ejemplo, si Américo hace un concierto en el Movistar Arena, primero se debe saber cuánto fue la tarifa impuesta por la SCD a la productora por el recital. Si el impuesto fue de un 5% de los ingresos de la venta de entradas y se recaudaron 45 millones de pesos, el total de los impuestos serán de $2.250.000. Ese monto deberá dividirse en las canciones que se tocaron, es decir, si fueron 23, por cada una le corresponderá aproximadamente $97.800.