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Casi la mitad de personas habilitadas para recibir Aporte Básico Solidario no lo cobra

El senador Prokurica se reunió con la ministra del Trabajo y abogó para que el beneficio se entregue automáticamente y no mediante solicitud.

20 de Enero de 2017 | 06:04 | Emol
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SANTIAGO.- Deben ser mayores de 65 años, pertenecer al 60% más vulnerable de la población, acreditar residencia en Chile y que su saldo ahorrado para la pensión no logre cubrir la pensión base vigente.

Esos son los principales requisitos para obtener el Aporte Previsional Solidario (APS), un beneficio que financia el Estado y que constituye un subsidio a los pensionados.

Sin embargo, según la respuesta a un oficio enviado por el senador Baldo Prokurica (RN) al Instituto de Previsión Social, al que tuvo acceso "El Mercurio", casi 60 mil personas que cumplirían con requisitos no están percibiendo esos recursos.

De acuerdo con la contestación del directorio del IPS, Patricio Coronado, en 2016 se concedieron 70.862 aportes previsionales solidarios y se agrega que "respecto de la consulta acerca del número de personas que, cumpliendo con los requisitos, no lo han solicitado, se informa que a diciembre de 2016 existían 59.462 personas potenciales que cumplirían el requisito".

Frente a esta realidad, el senador Prokurica señaló que "resulta que en la práctica este no es un beneficio automático, sino que tienen que ir a pedirlo al IPS y tienen, además, que estar enterados que lo pueden recibir".

Otra de las cuestiones que critica es que el beneficio se empieza a entregar una vez que la persona tiene aprobada una solicitud y no tiene efecto retroactivo.

El parlamentario se reunió ayer con la ministra del Trabajo, Alejandra Kraus, para exponerle este escenario. "Ella se comprometió a estudiar vías de solución", dijo a la salida del encuentro.

Según explica Prokurica, el monto tope a financiar es de $93.543 y señala que presentará un proyecto de ley para evitar que se obtenga el aporte haciendo una solicitud.

Adelanta que la iniciativa plantea que el IPS tenga la obligación de notificar a los potenciales beneficiarios del APS, quienes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos.

Además, plantea que el beneficio "se devengará desde la fecha en que se cumplan los requisitos señalados en el artículo 9°, siempre que el peticionario se encuentre pensionado por vejez o reciba una pensión de sobrevivencia, regidas por el decreto Ley N° 3.500 de 1980 o a contar de la obtención de dichas pensiones, si la hubiese obtenido con posterioridad, y en ambos casos se pagará mensualmente".

"Proponemos que la persona, cumpliendo con los requisitos, se haga dueña de ese derecho, y que le paguen con efecto retroactivo", explicó el senador.