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Servel objeta el 75% de las rendiciones de cuentas de 14.000 candidatos en elecciones municipales

Observaciones afectan aproximadamente a 10.500 solicitudes de reembolso. El alto porcentaje se atribuye a los cambios introducidos a la norma sobre financiamiento electoral, los que hacen más estricto el proceso.

09 de Mayo de 2017 | 06:13 | Emol
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Aton Chile
SANTIAGO.- Catorce mil candidatos realizaron igual número de rendiciones de cuentas luego de competir en la elección municipal del 23 de octubre de 2016. Transcurridos casi siete meses desde esos comicios, el 75% del total de presentaciones han sido objetadas por la dirección del Servicio Electoral (Servel).

Esas cifras, según consigna "El Mercurio", se traducen en cerca de 10.500 presentaciones observadas por el Servel a la espera de ser aprobadas o rechazadas definitivamente, situación que mantiene en suspenso la entrega de los respectivos reembolsos por concepto de gasto electoral.

Según explican en el Servel, la "Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral se encuentra terminando los análisis de las cuentas y efectuando las proposiciones de aprobación y/o rechazo de las más de 14 mil candidaturas presentadas en las elecciones municipales 2016, de las cuales muchas han resultado con observaciones, producto de la acuciosa y rigurosa labor que está desarrollando el servicio".

Este proceso devino en un letargo en la recepción de recursos fiscales por parte de los candidatos, los que han señalado su disconformidad con la dilación del procedimiento, junto con el reclamo por no poder cancelar facturas a los proveedores por servicios prestados a sus campañas.

Independiente de la percepción de los competidores, desde el Servel descartan atraso en la controvertida definición. Según cronograma, el 22 de marzo pasado vencía el plazo para que el director del Servel se pronunciara sobre cuentas generales de ingresos y gastos electorales.

Sin embargo, "de acuerdo a la nueva legislación, no hay un retraso en el proceso, dado que el plazo es solo referencial, y no perentorio, pues la Ley para el Fortalecimiento y Transparencia de la Democracia estableció como obligatorio el pronunciamiento del Servel respecto de la aprobación o rechazo de la cuenta general de ingresos y gastos electorales, eliminando la posibilidad de entenderse aprobada solo por vencimiento del plazo", añade el servicio.

Esto último resulta clave para entender lo que sucede, porque -agrega- "antes de la publicación de la Ley 20.900, cuando vencidos los plazos sin que el director del Servicio se hubiese pronunciado sobre la cuenta, esta se consideraba aprobada".

El Servel publicó ayer parte de los documentos que actualmente lleva auditados.

Plan de cuentas


Cada boleta o recibo considerado como gasto electoral por el candidato se incorpora en el plan de cuentas.

Mientras, la cuenta general de ingresos y gastos electorales deberá precisar el origen de la totalidad de los ingresos y el destino de todos los gastos del partido y candidatos respectivos, de conformidad con las anotaciones consignadas, cualquiera que sea la fecha de contratación o pago efectivo de dichos gastos, según lo establecido en la Ley 19.884.