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Aborto: TC acoge a trámite requerimiento de inconstitucionalidad contra reglamento de objeción de conciencia

Presentado por senadores encabezados por Jacqueline van Rysselberghe, el documento sorteó su primera etapa y ahora corresponde que el Pleno se pronuncie sobre su admisibilidad. Si recibe luz verde, se analizará el fondo.

15 de Noviembre de 2018 | 16:49 | Redactada por Juan Peña, Emol
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La senadora Van Rysselberghe (centro) encabezó la ofensiva contra el reglamento.

Agencia Uno/Archivo
SANTIAGO.- El Pleno del Tribunal Constitucional acogió a trámite el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por la presidenta de la UDI, Jacqueline Van Rysselberghe, respecto del reglamento de objeción de conciencia de la Ley de Aborto en tres causales.

El documento, firmado también por otros 12 senadores de Chile Vamos, busca dejar sin efecto el artículo 13, inciso segundo, del Decreto Supremo Nº 67, de 23 de octubre de 2018, del Ministerio de Salud.


Esto es, la prohibición de negarse a atender (objetor de conciencia) interrupciones de embarazos en casos de violación, peligro de vida de la madre e inviabilidad fetal a aquellos establecimientos privados que reciben recursos del Estado para prestaciones de ginecología y obstetricia.

Además, establece que si se requiere atención dentro de las tres causales de forma "inmediata e impostergable", el establecimiento "no podrá excusarse".

7de noviembre comenzó a regir el reglamento

Ahora que el requerimiento fue acogido a trámite, corresponde que los integrantes del TC se pronuncien acerca de la admisibilidad del mismo. En el caso que reciba luz verde le corresponderá al Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

El reglamento se publicó en octubre pasado, tras el dictamen de la Contraloría General de la República que señaló que los cambios realizados al protocolo de aplicación de la objeción de conciencia por el ministro de Salud, Emilio Santelices, "no se ajustaba a derecho".

Y establece la forma en la que personas e instituciones pueden negarse a interrumpir embarazos. En el caso de los establecimientos con convenio DFL 36 "no podrán ser objetores de conciencia cuando contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología que por su naturaleza comprendan atenciones en pabellón".
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