La Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la sentencia dictada en junio pasado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que prohibía a Carabineros percutar "a todo evento" balines en sus labores de control del orden público. "La determinación del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales es una temática que no puede ser resuelta por esta vía", dictaminó el máximo tribunal.
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"El Mercurio".